En los últimos días, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció cambios en los lineamientos para la operación del buzón para pensionados, así como en los trámites y servicios disponibles a través de este servicio. Todos los derechohabientes deberán cumplir con este trámite obligatorio, aunque las modificaciones no afectarán el pago de su pensión IMSS en 2025. Si quieres saber más, no te pierdas esta nota de El Universal Puebla.
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Estos lineamientos, que entraron en vigor el 6 de agosto, establecen que las personas afectadas (según el numeral 3 —Sujetos de Aplicación— de los Lineamientos) deberán habilitar su Buzón IMSS en un plazo máximo de 180 días naturales.
Con estas modificaciones, los jubilados deben activar su Buzón IMSS, el cual debe estar operativo antes del 1 de febrero de 2025. Una vez habilitado el Buzón IMSS, en la primera etapa de su implementación, los usuarios podrán realizar de forma digital trámites y recibir notificaciones relacionadas con incorporación, recaudación y fiscalización. En este sentido, el instituto utilizará el Buzón IMSS para notificar cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa mediante documentos digitales, así como para informar sobre aspectos de interés para los usuarios.
El buzón para pensionados del IMSS se ha vuelto una herramienta muy valiosa para los empleadores que necesitan manejar los trámites de sus empleados y recibir avisos. Este canal facilita al Instituto la notificación electrónica de documentos oficiales y el envío de información para su difusión a los empleadores. Para activar el buzón, los usuarios deben acceder al portal oficial del IMSS y usar su e.firma del SAT vigente para completar el registro. Además, es necesario proporcionar al menos una dirección de correo electrónico y un número de teléfono móvil.
Al activar el Buzón IMSS como medio de comunicación, obtienes los siguientes beneficios:
Recuerda que los pensionados bajo el régimen de la Ley 73 del IMSS son los que pueden aprovechar el programa de Asignación Familiar. Los afiliados que tengan una esposa o concubina, así como hijos o ascendientes que dependan económicamente de ellos, pueden recibir un aumento de hasta el 15% en su pensión.