Algunas de las personas jubiladas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) podrían ver un incremento en el monto de sus pensiones a partir del año 2025. Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sugiere que estos cambios podrían empezar a aplicarse en los pagos realizados desde el próximo año. Si quieres saber más sobre estos aumentos en la pensión, no te pierdas esta nota de El Universal Puebla.
Para 2025, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha dado un paso significativo hacia la digitalización de sus servicios, exigiendo que todos los pensionados activen el Buzón Digital antes del 1 de febrero de 2025. Este sistema tiene como objetivo modernizar la comunicación entre los usuarios y el IMSS, facilitando la gestión de trámites y notificaciones electrónicamente. El cambio busca agilizar los procesos administrativos y reducir la dependencia de trámites presenciales. La activación del Buzón Digital permitirá a los pensionados realizar diversas gestiones de manera más eficiente, evitando posibles inconvenientes en el futuro.
El cambio está relacionado con la manera en que las autoridades responsables de distribuir las pensiones a quienes cotizaron al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) durante su vida laboral ajustan el monto que se les otorgará a lo largo del año.
Según el expediente número 157/2024 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los miembros de la segunda sala votaron favorablemente sobre un asunto presentado por la Ministra Yasmín Esquivel Mossa. En consecuencia, decidieron que el aumento en el monto de las pensiones por Cesantía en Edad Avanzada, amparadas por la Ley del IMSS de 1973, debe ajustarse según el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) en lugar del salario mínimo.
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De esta manera, las personas que se beneficien de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podrán contar con un mayor poder adquisitivo en sus pensiones, dado que se ajustarán de acuerdo con los incrementos inflacionarios anuales. Es importante destacar que esta medida se aplicará a todos los individuos que estén amparados bajo el régimen de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de 1973, es decir, aquellos que se dieron de alta en la entidad de seguridad social hasta el 30 de junio de 1997.