Aunque en noviembre próximo se cumplirá una década de contar con una Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla, ésta apenas hacen mención de la discriminación racial.

En el documento se considera una definición general de la discriminación y en ella se señala la negación, exclusión, distensión, menoscabo, impedimento, restricción, anulación o preferencia de alguno o alguno de los derechos humanos y la libertad de las personas, grupos y comunidades en situación de discriminación.

Entre los grupos susceptibles se considera a aquellos que puedan ser discriminados por su razón de origen étnico o nacional, color de piel, cultura, lengua y sexo.

También se enlista el género, identidad indígena, edad, capacidad, condición jurídica, social o económica, apariencia física, condiciones de salud y características genéticas, entre otras.

De manera específica se señala que también es discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, la segregación racial el antisemitismo, la aparofobia y también la discriminación racial junto con otras formas de intolerancia.

En el tema de las sanciones, sin embargo, la ley no es amplia ni en la discriminación racial ni para otro tipo de violaciones a derechos humanos.

En menos de dos cuartillas el documento que ha tenido modificaciones constantes desde el 2013 señala las acciones para dar trámite a las reclamaciones y quejas.

Este apartado señala procedimientos cuando quienes discriminan sean personas físicas o jurídicas, servidores públicos, dependencias o entidades que hayan incurrido en actos.

Mientras que sólo para los entes públicos considera algunas acciones como informar a comités para prevenir la discriminación, aplicar la ley en otros términos involucrados, impartir cursos, realizar campañas y apegarse a cualquier otro método de difusión para prevenir la discriminación.

Sólo en un párrafo se menciona de que si los comités correspondientes identifican reincidencia pueden recurrir a que se establezcan medidas administrativas como sanción a servidores públicos que incurran en actos de discriminación.

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