La reciente propuesta desde el Congreso para desaparecer cinco de las 17 juntas auxiliares de la capital ha reavivado la discusión sobre sus facultades y obligaciones.
La Ley Orgánica Municipal define estos rubros para las más de 600 comunidades del estado y en el caso de la capital también hay algunas consideraciones en el Código Reglamentario del Municipio de Puebla (Coremun).
¿Qué hace el ayuntamiento?
En la ley primero se establecen las responsabilidades que tienen los gobiernos municipales con las juntas auxiliares y que incluyen dar licencia de ausencia de sus integrantes, considerarlos en exhortos y gestionar recursos.
Al área de tesorería en específico se le atribuye el control interno de esos recursos en cuanto a normas, procedimientos y sistemas contables de la Auditoría Superior del Estado (ASE).
¿Cómo define a las juntas auxiliares?
La Ley Orgánica Municipal define más adelante qué son las juntas auxiliares en un capítulo dedicado a su forma de elección y actividades gubernamentales.
"Las Juntas Auxiliares son órganos desconcentrados de la administración pública municipal y estarán supeditadas al Ayuntamiento del Municipio del que formen parte, sujetos a la coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública municipal, en aquellas facultades administrativas que desarrollen dentro de su circunscripción", señala la ley.
Asimismo establece que se vinculan con la Secretaría de Gobernación o su equivalente , que tendrán un presidente auxiliar y cuatro miembros propietarios.
¿Qué facultades y obligaciones tienen?
En cuanto a sus facultades la ley enlista varias actividades administrativas que tienen que ver con la coordinación con el ayuntamiento y la prestación de servicios, algunas de ellas son:
- Participar en la definición del presupuesto anual.
- Atender encomiendas del ayuntamiento.
- Coadyuvar en la seguridad pública.
- Gestionar con el municipio obras.
- Nombrar personal administrativo.
- Operar ventanillas de pagos y quejas.
- Fomentar actividades deportivas, culturales y educativas.
. Impulsar acciones para la población vulnerable.
- Preservar y enriquecer las lenguas indígenas.
En tanto que en lo relativo a las obligaciones se mencionan otras acciones coordinadas con el ayuntamiento, aunque algunas de ellas se dejan abiertas al tipo de encargos encomendados:
- Prestar los servicios delegados por el ayuntamiento.
- Brindar información para la generación de inventarios.
- Remitir cuentas mensuales a la tesorería.
- Coadyuvar con padrones de educación.
- Hacer cumplir las normas de los tres órganos de gobierno.
- Coadyuvar al mantenimiento de espacios públicos,.
- Ejercer las facultades de juez de Registro del Estado Civil.
¿Qué dice el Coremun?
Aunque en este documento se reiteran obligaciones y facultades, destaca que también prevé un mecanismo en la capital poblana para extinguir las juntas auxiliares.
Al respecto, señala que de conformidad con la realidad social, económica, política y tomando en consideración las necesidades y requerimientos del municipio se podrá realizar el proceso.
Según el Coremun, el ayuntamiento podrá solicitar al Congreso del Estado la supresión e incorporación de las juntas auxiliares con la naturaleza de colonias pertenecientes a la ciudad.
¿Sirven para trámites?
Según lo que prevé la ley y lo que anuncia el ayuntamiento sobre sus servicios, las presidencias auxiliares sirven también para la realización de trámites.
Por un lado están los registros civiles que ya se mencionan en las obligaciones de sus autoridades, mientras que el ayuntamiento dispone también de cajas de cobro para sus diferentes servicios.
De acuerdo con el portal del gobierno municipal existen 38 módulos de pago y ocho se encuentran en el mismo número de juntas auxiliares.
Estas son Ignacio Romero Vargas, Ignacio Zaragoza, La Libertad, San Baltazar Campeche, San Felipe Hueyotlipan, San Francisco Totimehuacán, San Jerónimo Caleras y San Pablo Xochimehuacán.