Política

Qué propone la reforma al Poder Judicial aprobada en la Cámara de Diputados

La reforma pasó al Senado y, de ahí, tocará el turno a los Congresos locales para su aprobación

En la Cámara de Diputados se aprobó la reforma al Poder Judicial / Foto Redes Sociales Cámara de Diputados, Ricardo Monreal
04/09/2024 |12:23
Alejandro Villegas
RedactorVer perfil

La aprobación de la iniciativa de Reforma al Poder Judicial, concretada en la Cámara de Diputados, al tener carácter de constitucional, ahora pasará al Senado para su eventual aprobación y, de ahí, una vez avalada, a los Congresos estatales. Ya aprobada por al menos 18 legislaturas locales, podrá ser promulgada y, en su caso, entrar en vigor.

Sin embargo, al momento, en términos generales los principales cambios que se registrarían serían los siguientes, aunque su aplicación sería gradual y comenzaría a mediados del 2025.

  • Primero la elección de jueces y magistrados por voto directo de la población lo que requerirá de la realización de un proceso de promoción y elección. Una acción que cancelaría la aplicación de la denominada carrera judicial que se aplica desde hace tres décadas.
  • Se modificaría el artículo 95 de la Constitución para que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y los miembros de la Sala Superior y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sean elegidos por votación libre, directa y secreta, para ejercer el cargo por un periodo de 12 años, en lugar de los 15 actuales.
  • El próximo año se celebraría la elección para renovar esos cargos y quienes los ocupan en la actualidad podrían postularse.
  • Los candidatos deberán contar con título de licenciado en derecho con un promedio mínimo de ocho y nueve en las materias relacionadas con el cargo, así como contar con al menos cinco años de experiencia en el campo jurídico.
  • Se integraría un comité de evaluación conformado por cinco personas reconocidas en el ámbito jurídico, para analizar las candidaturas.
  • El Instituto Nacional Electoral (INE) se encargaría del proceso, incluida la emisión de constancias de mayoría.
  • Por otra parte, se modificará el tercer párrafo del Artículo 94 de la Constitución para reducir de 11 a nueve el número de ministros de la SCJN.
  • La presidencia de la SCJN se renovará cada dos años de manera rotativa, de acuerdo con el número de votos obtenidos en la elección.
  • Se eliminan las dos salas de la SCJN, y solo habrá sesiones del Pleno con carácter público.
  • Las pensiones vitalicias para los ministros actuales y futuros se eliminan.
  • El Consejo de la Judicatura Federal será sustituido por el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
  • Un elemento novedoso es la creación de jueces sin rostro que se enfocarían a casos relacionados con el crimen organizado.
  • En cuanto a los ingresos se establece que los jueces y magistrados no obtengan ingresos superiores a los del titular del Poder Ejecutivo en turno.

En esencia, para tener certeza sobre los cambios propuestos, solo hay que esperar la aprobación en el Senado y, en su caso, atender los tiempos y procedimientos que se establecerán para su aplicación.