Política

Proponen en el Congreso establecer como delito la práctica de cirugías plásticas por parte de “pseudo cirujanos”

Se obligará a quienes prestan estos servicios a contar con cédula profesional de especialización legalmente expedida y certificación vigente

Las modificaciones son a la Ley de Salud / FOTO: Congreso del Estado
23/01/2025 |19:29
El Universal Puebla
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Con la finalidad de establecer como delito la práctica de cirugías plásticas, estéticas y reconstructivas por parte de “pseudo cirujanos” carentes de profesionalización, el Andrés Iván Villegas Mendoza presentó una iniciativa para reformar y adicionar la Ley Estatal de Salud, que obligaría a las personas que prestan estos servicios a contar con cédula profesional de especialización legalmente expedida por las autoridades competentes y certificación vigente.

En su , el legislador propuso que quien realice una cirugía plástica, estética y reconstructiva, sin contar con los requisitos previstos en el artículo 259 Bis 1 de la Ley, se le impondrá de dos a ocho años de prisión, suspensión de tres a cinco años en el ejercicio profesional y multa de 300 a 500 unidades de medida y actualización.

La reforma, que pretende reformar los artículos 72 y 259 Bis, modificar la denominación del Capítulo XIX, y adicionar los artículos 259 Bis 1 y 316 Bis de la Ley Estatal de Salud, fue turnada a la Comisión de Salud para su estudio y resolución correspondiente.

Durante la sesión pública ordinaria del , el diputado Jaime Alejandro Aurioles Barroeta presentó una iniciativa para reformar y adicionar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, con el objetivo de facultar a la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, a establecer acciones periódicas de verificación del debido acceso, ejercicio, respeto y protección de los derechos de este sector de la población que viven con sus madres en centros penitenciarios.

La propuesta legislativa que propone reformar las fracciones XV Bis, XVI y adicionar la fracción XVII al artículo 116 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, fue dirigida a la Comisión de la Familia y los Derechos de la Niñez para su estudio procedente.