La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó los lineamientos que tendrá que seguir el Congreso de Puebla para que en los próximos 12 meses realice cambios en la denominada Ley Agnes y se permita que menores de edad trans puedan registrarse y obtener su acta de nacimiento.

De acuerdo con un comunicado de la corte, la modificación al Código Civil deberá garantizar la protección y que puedan ejercer su derecho a la identidad de género autopercibida.

En la resolución de inconstitucionalidad se considera que el procedimiento deberá ser ágil, expedito, gratuito, sencillo y eficaz, basado en la información a los menores.

Además, señaló que se debe permitir rectificar el nombre y otros componentes de su identidad mediante la emisión de un acta nueva.

Por otro lado, se debe de garantizar la no exigencia de requisitos basados en prejuicios o estereotipos, además de realizarse con confidencialidad.

En cuanto a los responsables de realizar el proceso señala a los tutores o a un represente legal con la voluntad expresa de la persona menor de edad.

Mientras que en la asistencia del proceso se debe incluir a la Procuraduría de los Derechos de la Infancia.

Estos lineamientos fueron establecidos por el máximo tribunal del país, luego de que consideró como inconstitucional la Ley Agnes –aprobada por el Congreso de Puebla el 25 de febrero del 2021-.

El 16 de mayo del 2021, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la SCJN por considerar que en dicha ley se dejó fuera a los menores de edad de la comunidad trans para que fueran reconocidos sus derechos de identidad.

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