La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un revés al Congreso local al declarar inconstitucional un apartado de la Ley de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla.
Los magistrados resolvieron este martes 27 de septiembre como inválido el requisito de no haber sido inhabilitado como servidor público para ser titular de la Comisión de Búsqueda de Personas.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por considerarla una medida injustificada y discriminatoria.
Aunque se espera que la Corte fije un periodo para modificar la ley, bajo esos términos, hace unos meses ya se seleccionó al primer funcionario para presidir la comisión.
La ley con contenido invalidado por la SCJN se aprobó a días de que terminara la anterior legislatura, el 24 de agosto de 2021.
Asimismo, destacó que se hizo a contratiempo y con críticas, pues se dio el aval en medio de un plantón de familiares de desaparecidos que buscaban su aprobación antes de concluir el periodo
Por otro lado, se consideró para el dictamen una propuesta enviada por el Poder Ejecutivo cuando un año antes se había presentado una iniciativa en la que participaron ciudadanos y académicos.
La nueva acción de inconstitucionalidad se suma además a otras más que la SCJN resolvió contra aprobaciones de la anterior legislatura.
Estas estuvieron relacionadas con el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP), otros requisitos considerados como discriminatorios y la falta de consultas a grupos vulnerables.