Un Juez de Distrito resolvió un amparo a favor de activistas que buscan eliminar la prohibición del aborto consentido de la legislación de Puebla.

El recurso fue presentado a inicios del 2022 con base en la sentencia que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el año pasado sobre la inconstitucionalidad de las sanciones por la interrupción del embarazo.

Lo resuelto por el juez el pasado 14 de octubre reconoce que el Código Penal del Estado de Puebla atenta contra diversos derechos humanos.

"Los artículos del Código Penal del Estado de Puebla que regulan el aborto autoprocurado y consentido son violatorios de derechos humanos como al libre desarrollo de la personalidad, autonomía reproductiva, salud, igualdad y no discriminación, y no sufrir violencia", señala la resolución.

De acuerdo con las activistas, la resolución del juez también reconoce que esos derechos corresponden a la persona con capacidad de gestar, reafirman que es inconstitucional sancionar el aborto y que no debe utilizarse el derecho penal para sancionar.

Asimismo, destacan que el amparo protege para que a ninguna mujer o persona gestante, ni a ningún personal médico que reciba asesoría, asistencia o defensa de parte de las organizaciones que promovieron el recurso, se le criminalice por abortar o ayudar a que alguien aborte.

En el caso de Puebla, quienes buscaron el amparo fueron activistas del Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE), el Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social, A.C. (CAFIS) y el Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos AC. (Odesyr).

Sin embargo son estrategias legales que respaldan diferentes organizaciones del país que han buscado resoluciones similares contra leyes de Aguascalientes, Chihuahua, Chiapas, Morelos, San Luis Potosí, Querétaro y contra el Código Penal Federal.

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