“En aquel tiempo no sabía cuál es el artículo 20 y es que cuando realmente no tienes las respuestas no sabes qué decir, muchos pueden decir ¿cómo la esposa no va a saber a qué se dedica su cónyuge? pero realmente, ¿me gustaría cuestionar cuántos de los que han sido infieles a la pareja se lo dicen? o si tienen hijos fuera de matrimonio ¿se lo dicen a sus parejas? ¿o, vamos, cuántos realmente les dicen a sus mujeres cuánto ganan?”. Este es uno de los párrafos que Viridiana Molina incluye en su carta para Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Viridiana es una de tantas mujeres que habitó en un contexto de violencia extrema y cuya pareja se incorpora a un grupo delincuencial, por voluntad propia, sin consultarla o involucrarla. Fue detenida el 22 de agosto de 2014 sin debido proceso, acusada de delincuencia organizada y de beneficiarse con dinero de procedencia ilícita. El sustento de su detención fue ser pareja de una persona implicada, únicamente. ¿Imaginan ustedes cuántas detenciones injustas se aplicarían si ese criterio imperara para todas las esposas o parejas de algún presunto culpable?
Durante la detención, Viridiana fue maltratada, torturada mientras estaba en arraigo dos meses antes de ser puesta en prisión, separada de sus hijos. ¿Cómo se repara el daño? ¿Quién se responsabiliza del agravio? Estuvo en prisión "preventiva” cuatro años y medio. Finalmente salió absuelta en primera instancia. Sin embargo, la Fiscalía General de la República decidió apelar la absolución ante un tribunal de segunda instancia, lo que derivó, con el mismo sustento carente de perspectiva de género, en una nueva sentencia condenatoria.
El poco tiempo que estuvo en libertad, Viridiana se convirtió en una defensora de los derechos de las mujeres en prisión y ha sido acompañada por el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) y por organizaciones defensoras de derechos humanos como CEA Justicia Social y EQUIS Justicia para las mujeres, ambas presentaron una solicitud de revisión del amparo directo ante la SCJN, para revertir la sentencia. La SCJN, violando su propio protocolo de género, realizó una revisión parcial analizando el tema de tortura, pero obviando que el único sustento para condenarla ha sido el ser pareja de un implicado. A diferencia de lo que sucedió con la emblemática exoneración de Florence Cassez.
La SCJN y en específico la oficina del ministro Zaldívar, están a tiempo de rectificar para no cometer una terrible injusticia al revictimizar a Viridiana, porque en su resolución mezclaron, sin justificación alguna, los agravios de la expareja de Viridiana con los agravios que Viridiana, de forma independiente, argumentó en el amparo. Utilizan los agravios de cada uno como si fueran compartidos, porque reciben los dos casos con la misma causa penal, pero no distinguen entre uno y otro.
En la justicia con perspectiva de género se toma en cuenta la situación y el contexto particular de las mujeres que sufren las desventajas estructurales de un sistema machista; la mayoría de ellas tienen hijos y dependientes económicos que –también– vivirán las consecuencias y quedarán en vulnerabilidad. Si la razón de la culpabilidad de una mujer recae principalmente en haberse relacionado sentimentalmente con alguien señalado como culpable, la individualidad de cientos de mujeres estaría sometida a una perspectiva misógina. En una estructura social machista existen asimetrías de información donde la mujer está en desventaja. Ocultar información o decir verdades a medias es una forma de violencia que está normalizada en las dinámicas de muchas relaciones. Nunca se saben las consecuencias que traen los engaños: desde sufrimiento emocional hasta quedar involucrada en un delito y pagar por ello. ¿Una relación afectiva es un elemento para criminalizar?
Cada vez hay más casos que ponen en la mesa el debate sobre el sistema de justicia mexicano y las debilidades del proceso penal, que por otro lado está exacerbado de violaciones a los derechos humanos, sobre todo de las mujeres.
@MaiteAzuela