Hay que recordar una escena. Un grupo reducido de personas desarmadas encaraban al personal militar en reclamo de las ejecuciones arbitrarias de los jóvenes Gustavo Pérez Benites, Wilbert Mata Estrada, Jonathan Aguilar Sánchez, Gustavo Ángel Suárez Castillo y Alejandro Trujillo Rocha; cometidas en horas de la madrugada anterior. De pronto comenzaron a escucharse varios estruendos, la cámara se aleja y enfoca a un militar disparando en varias ocasiones al suelo, a pocos centímetros de los pies de los manifestantes. El grupo de personas, aterradas, comienza a alejarse a paso lento, probablemente con el bloqueo de mirar al personal militar accionar sus armas. Minutos después, otro militar acciona su rifle, esta vez al aire. Una camioneta militar impacta contra Raymundo Ramos, integrante del Comité de Derechos Humanos de Nuevo Laredo, los militares lo rodean y comienzan a agredirlo hasta tirarlo al piso y quitarle su celular con el que se encontraba documentando la agresión contra la población. Lo demás, personas corriendo y gritando aterradas.

Esto ocurrió el 26 de febrero de este año. Por las agresiones, se presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la República. Por ello, se abrió la carpeta de investigación FED/TAMP/NVO.LAR/0000512/2023, distinta a la de las ejecuciones arbitrarias. Los hechos a investigar son claros, no se trata de un enfrentamiento como están acostumbradas las autoridades a denominar los hechos cuando hay personal militar involucrado. Tampoco se trata de una manifestación masiva fuera de control en la que sus participantes hicieran uso de la violencia.

La violación a la Ley Nacional sobre el uso de la fuerza también es clara. Por ejemplo, el artículo 4 establece los principios por los que se regirá el uso de la fuerza. El primero, absoluta necesidad, la última alternativa para tutelar la vida. ¿Quién estaba en peligro para que los militares dispararan? ¿Cuál era la necesidad de disparar en dirección a los pies de las personas? Otro de los principios marcados por la ley es la proporcionalidad: ¿alguien de los manifestantes estaba armado? Y si lo estaba, ¿disparó contra los militares?

Pero la Ley va más allá. Se pone más rígida a la hora establecer controles. No solo es disparar por disparar. Además de seguir los principios, el uso de la fuerza debe ser gradual, por lo que el primer paso es la persuasión: “cese de la resistencia a través del uso de indicaciones verbales”. Y entonces aquí surge otra pregunta, ¿Quién y de qué se estaba resistiendo? En las imágenes denunciadas solo parece haber personas exigiendo explicaciones a los militares. El uso de armas es el paso 5 en los grados distados por la ley. El 26 de febrero, el personal militar decidió saltarse todos esos pasos y disparar.

Así como en los inicios del caso Ayotzinapa, en este caso la FGR mandó a llamar a los militares para que rindieran su declaración en calidad de testigos. Y viene otra pregunta, ¿testigos de qué? ¿testigos de su propio actuar? No hay diccionario que alcance para ejemplificar la contradicción. En ese afán de simular que se investiga, aparecen datos e información relevante.

Según el Comité de Derechos Humanos de Nuevo Laredo, el teniente de caballería Walter Abel Castro Guzmán, de 27 años y perteneciente al 16° Regimiento de Caballería Motorizada, declaró que disparó “en forma persuasiva y dirigidos al suelo, destacando que ya había observado que dicho suelo era de material poroso y sin riesgo para las personas que se encontraban a mi alrededor”. Y sí, terminó de declarar y el teniente se fue a su casa.

¿A dónde va esta investigación de la FGR? Además de Castro, hay otros militares identificados participantes de la agresión. Pero todos son testigos de la investigación. Ojalá que la Fiscalía rectifique y simplemente se avoque a las imágenes disponibles del día de los hechos, a lo que dice la ley y a los propios testimonios de sus hoy testigos. Tal vez encuentren algún delito o falta que perseguir.

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