Celebrar por todo lo alto pequeñas disminuciones en la incidencia delictiva reportada es ya parte del ritual político de la actual administración federal.
Así sucedió la semana pasada. El presidente López Obrador se refirió al tema en dos mañaneras. Presumió él y luego presumió la secretaria de Seguridad, Rosa Icela Rodríguez, una reducción de diversos delitos, incluyendo el homicidio doloso, en los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
Mis lectores habituales saben que ese tipo de prácticas siempre me han generado escepticismo. Presumir que ya no estamos en la punta del Everest de la violencia letal, sino cinco metros más abajo, es una manera de trivializar el fenómeno y dificultar una discusión seria sobre un fenómeno complejo.
Pero, además, en muchos casos y para muchos delitos, no está muy claro lo que se está viendo en la serie estadística, si una tendencia descendente revela una reducción en la frecuencia del fenómeno o es solo una ilusión óptica creada por cambios en prácticas de registro.
La organización Causa en Común puso la lupa en este tema en un reporte reciente titulado “¿Están disminuyendo los homicidios y secuestros? Análisis de las cifras de víctimas publicadas por el SESNSP en julio de 2022” (https://bit.ly/3QMeP7p).
El informe recorre algunos de los problemas más frecuentemente discutidos en esta materia (la cifra negra, la multiplicidad de categorías, los posibles errores en la clasificación, la heterogeneidad de definiciones en los códigos penales, etc.), pero se detiene en particular en un asunto que recibe poca atención: los llamados “otros delitos”.
Aquí cedo la explicación a Causa en Común: “En la clasificación del SESNSP, se tienen categorías de ‘otros delitos’ (no especificados) para cada uno de los grupos organizados por bienes jurídicos afectados. Es decir, dentro del grupo de delitos contra la vida y
la integridad corporal, se encuentran, por ejemplo, homicidios, feminicidios, lesiones, aborto y una categoría de ‘otros delitos’ (sin especificar)”. A nivel nacional, el número de víctimas incluidas en esa categoría se ha multiplicado por cuatro desde 2015 y casi por dos desde 2018.
¿Qué tipo de delitos se incluyen en ese rubro? No está enteramente claro. Hay una gran diversidad en los códigos penales. Por ejemplo, en el código vigente en la CDMX, se incluyen como delitos contra la vida y la integridad corporal conductas como la ayuda o inducción al suicidio. En Jalisco, la categoría incorpora el disparo de arma de fuego sobre persona, ataque peligroso y maltrato al infante, así como el abandono de personas. En múltiples entidades, entran en la bolsa la omisión de cuidados y la violencia familiar.
Esta heterogeneidad podría explicar la dispersión de los números. Según Causa en Común, las fiscalías parecen usar criterios disímiles para etiquetar casos de “otros delitos contra la vida y la integridad corporal”.
Además de la diversidad regional, no parece haber consistencia en el tiempo. Por ejemplo, en la CDMX, “el conteo de esos ‘otros delitos contra la vida y la integridad corporal’ se mantuvo en cero durante 2015-2017 y súbitamente aumentó en 2018 hasta 1,014 víctimas. En los dos años siguientes se redujo, pero en 2021 volvió a subir, alcanzando un máximo 1,264 víctimas.”
¿Podrían esconderse en esa categoría algunas víctimas de homicidio doloso? No lo sabemos. Es más, ni siquiera sabemos si se trata de víctimas mortales. Pero la simple posibilidad debería de invitar a la prudencia al interpretar las cifras de homicidios.
Tal vez digan menos de lo que suponemos.
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