A partir de este lunes 18 de julio y hasta el 29 de julio del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cerrará las puertas de atención a contribuyentes en sus oficinas.
De acuerdo con la segunda versión anticipada de la quinta resolución de modificaciones a la Resolución de Miscelánea Fiscal 2022, el primer periodo general de vacaciones para el presente ejercicio fiscal será durante esos días.
En el calendario fiscal se marcó esa fecha como días inhábiles del 18 al 29 de julio del 2022 para trámites fiscales presenciales.
“Para el cómputo de plazos y términos fijados en días, se adiciona como primer periodo general de vacaciones del SAT, el comprendido del 18 al 29 de julio de 2022”, estableció.
Es decir que durante esos días no se computan para términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán en las unidades administrativas del SAT para efectos fiscales.
Si bien estarán cerradas las oficinas del SAT por el periodo vacacional, los contribuyentes podrán hacer diversos trámites en línea en el portal del SAT como: cambio de domicilio fiscal, actualización de actividades económicas, suspensión de actividades y generación y actualización de contraseña entre otros.
Para el caso de cambio de domicilio, los contribuyentes que cuenten con e.firma podrán realizar dicho trámite a través del Portal del SAT sin presentar comprobante de domicilio, según dio a conocer el órgano recaudador de impuestos en las nuevas facilidades para simplificar trámites.
En los demás casos, los contribuyentes podrán presentar o concluir el referido trámite en las oficinas del SAT, con previa cita.
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