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Ley de Revocación de Mandato debe emitirse en 30 días, ordena TEPJF

El plazo de 30 días otorgado por el Tribunal Electoral al Congreso correrá a partir del 1 de septiembre; además resolvió que el INE pueda emitir los lineamientos en esta materia

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
25/08/2021 |16:52

Laordenó al Congreso de la Unión a emitir en 30 días naturales la Ley Federal de Revocación de Mandato y resolvió que el INE puede emitir los lineamientos en la materia ante la falta en que ha incurrido el Legislativo.

El plazo de 30 días otorgado por el Tribunal Electoral al Congreso correrá a partir del 1 de septiembre, fecha en que inicia el próximo periodo ordinario de sesiones de la sexagésima quinta legislatura.

En el marco de la sesión a distancia, el presidente del TEPJF, Felipe Fuentes, expuso que existe una omisión por parte del Congreso para legislar en materia de revocación de mandato, lo cual genera una afectación constitucional a los derechos político electorales de la ciudadanía a participar en el proceso de revocación de mandato.

“Se propone ordenar al Congreso de la Unión emitir la legislación en materia de Revocación de Mandato”, ya que se incurrió en una omisión absoluta al no emitir en 180 días la ley en la materia, argumentó.


Expuso que ante el incumplimiento del legislativo en los plazos establecidos, el INE “podrá emitir conforme a sus atribuciones constitucionales los lineamientos atinentes para  instrumentar el proceso de revocación de mandato y evitar una lesión a los principios constitucionales”.

El TEPJF resolvió con 6 votos a favor y uno en contra los recursos de impugnación presentados por Morena, un ciudadano y una asociación civil.

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