En diversas campañas de promoción por parte del sector salud se invita a la población a donar sangre y se destaca que quienes responden al llamado están haciendo un regalo de vida.
Esto en los hechos es una realidad, por lo que quien dona no puede cobrar por ello porque estaría incurriendo en un delito federal que está establecido en la Ley General de Salud del país.
Debes saber que la donación de sangre se da de dos maneras:
-De forma voluntaria: en cualquier momento de la vida puedes decidir donar sangre de manera directa a una persona, a algún banco de sangre debidamente establecido o alguna unidad hospitalaria del sector salud estatal o federal.
-Por reposición: cuando se dona sangre por reposición, por lo general es para un familiar o amigo que será sometido a algún tipo de cirugía programada o de emergencia.
Es a través de esta manera que se puede incurrir más en el delito de comercializar la sangre, porque ante la falta de abastecimiento en los bancos de sangre, los familiares de los pacientes están dispuestos a pagar a los donadores.
La Ley General de Salud precisa que los donadores deben ser mayores de edad, expresar por escrito su consentimiento como voluntario y hacerlo a favor de determinadas personas o instituciones.
De la misma manera, el donante podrá expresar las circunstancias de modo, lugar y tiempo y cualquier otra que lo condicione.
“En todos los casos se deberá cuidar que la donación se rija por los principios de altruismo, ausencia de ánimo de lucro y factibilidad, condiciones que se deberán manifestar en el acta elaborada para tales efectos por el comité interno respectivo”, se lee en dicha ley.
Agrega que: “en el caso de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas se estará sujeto a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas que al efecto emita la Secretaría de Salud”.
Las “Medidas de Seguridad, Sanciones y Delitos” se describen en el título décimo octavo.
De acuerdo con el artículo 462: “se impondrán de 6 a 17 años de prisión y multa por el equivalente de ocho mil a diecisiete mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, al que comercie o realice actos de simulación jurídica que tengan por objeto la intermediación onerosa de órganos, tejidos incluyendo la sangre, cadáveres, fetos o restos de seres humanos”.
Actualmente, el salario mínimo para Puebla es de 207 pesos, de manera que la multa económica podría ir desde 1 millón 656 mil pesos a los 3 millones 519 mil pesos.
Si intervinieran profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud, se les aplicará, además, la suspensión de cinco a ocho años en el ejercicio profesional, técnico o auxiliar y hasta seis años más, en caso de reincidencia.
Si bien no debes recibir pago alguno por donar sangre, sí debes pagar en caso de recibir una transfusión sanguínea, por alguna enfermedad o cirugía, principalmente en nosocomios particulares.
El cobro se hace para solventar los costos que implica este procedimiento, tales como:
-Costos por personal que labora en el proceso.
-Compra de insumos como tubos, jeringas y otros necesarios para la obtención de sangre.
-Elaboración de pruebas de laboratorio que aseguran la salud para el donante y el que recibe la sangre.
-Uso de equipos necesarios para la conservación y el procesamiento de la sangre.
-Retribuir los servicios básicos (luz, agua) del lugar donde se realizan los procedimientos.
En el caso de los hospitales públicos no hay cobro por la transfusión de sangre, porque el gobierno cubre todos los gastos.