La reventa de boletos para el concierto de Bad Bunny del 9 de diciembre en el Estadio Azteca abre la duda sobre qué pasa ante estos hechos en Puebla.
El Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun) hace una breve mención al indicar sanciones por diversos irregularidades que cometan los organizadores de espectáculos
Si hacen actos que impliquen reventa de boletos a precios superiores a los autorizados el Ayuntamiento puede imponer una multa de 962 a 9 mil 623 pesos según la Unidad de Medida de Actualización (UMA) de este año.
Sin embargo, a nivel federal hay muchas lagunas como lo advirtió apenas en octubre de 2022 la especialista Lorena Vázquez Correa para una investigación del Instituto Belisario Domínguez del Senado.
Esto en el artículo "La venta y reventa de boletos de espectáculos en México" de la Serie Miradas Legislativas que documenta qué dice la ley mexicana y cómo ha sido la crisis de reventa en el país desde 2015, tanto en espectáculos como partidos de fútbol.
Según su análisis, en ese año comenzaron a observarse fenómenos de reventa masiva de boletos de la empresa Ticketmaster que funcionan con la intervención de segundas empresas y hasta influencers.
Por un lado, la empresa boletera limita la venta inicial a usuarios de una tarjeta de banco y en muchos casos informa que al poco tiempo se agotan los boletos en su plataforma.
Es así que empresas, de entre las que destaca a StubHub y Ticketbis e incluso influencers fomentan la reventa a un precio más caro del original y sin garantías sobre lo que se está comprando.
Según Vázquez Correa, la misma Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha pedido informes a Ticketmaster con los que no se ha cumplido y también ha invitado a la ciudadanía a presentar denuncias colectivas.
Mientras que por otro, la misma Ley Federal de Competencia Económica y la Ley Federal de Protección al Consumidor se contradicen en velar por el no monopolio y los derechos al consumidor.
Por otro lado, la autora señala que el Código Penal Federal es claro en cuanto a la falsificación de boletos, ya que en el artículo 242 establece prisión de tres meses a tres años y multa de veinte mil pesos por falsificar boletos, pero sin meterse en la reventa.
De acuerdo con el artículo, la reventa de boletos y las reglas para regularlo y sancionarlo es un tema que ya se aborda en el Congreso de la Unión para contar con esquemas que no generen monopolio y a la vez, protejan al consumidor.