Para los mexicanos, el próximo domingo 5 de febrero se celebrará una fecha muy importante, el Aniversario 106 de la promulgación de la Constitución Mexicana.
Fue el 5 de febrero de 1917 cuando el entonces presidente de México, Venustiano Carranza, promulgó la también llamada Carta Magna, primera en todo el mundo en incorporar los derechos sociales como garantías constitucionales.
En el artículo 3 garantiza el derecho a la educación para todos, laica, obligatoria y gratuita, dejando fuera al clero.
El artículo 4 vela por el derecho a la salud, pues señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud y define las bases y modalidades para el acceso a los servicios.
En el artículo 27 se establece la soberanía nacional sobre los recursos naturales, incluyendo el subsuelo. Con ello se fijaron las bases de la reforma agraria para que las comunidades recuperaran sus tierras, bosques y aguas o las adquirieran aquellos que no las tuvieran.
En el artículo 123 se garantizan los derechos de los trabajadores como el derecho a la huelga, jornada laboral, salario mínimo, prohibir el trabajo en menores de edad, derecho al trabajo para las mujeres y beneficios para las trabajadoras embarazadas, entre otras garantías.
En total, la Constitución Mexicana está integrada por 136 artículos divididos en 9 títulos, entre los que destacan las garantías individuales y derechos constitucionales, la soberanía nacional y la división de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Una vez promulgada, la Carta Magna entró en vigor el 1 de mayo de 1917 y desde entonces a la fecha ha sufrido distintas reformas para responder a los tiempos actuales.
Hasta el corte del año 2018 se sumaron un total de 707 reformas constituciones y la cifra va en aumento en cada sexenio.
En el presente gobierno de Andrés Manuel López Obrador (1 de diciembre de 2018 al 30 de septiembre de 2024), suman 56 artículos reformados al 18 de noviembre de 2022.
Con Enrique Peña Nieto, del 1 de diciembre de 2012 al 30 de noviembre de 2018, fueron 155 artículos reformados.
Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, del 1 de diciembre de 2006 al 30 de noviembre de 2012, modificó 110 artículos.
Vicente Fox Quesada, del 1 de diciembre de 2000 al 30 de noviembre de 2006, hizo cambios en 31 artículos.
Ernesto Zedillo Ponce de León, 1 de diciembre de 1994 al 30 de noviembre del 2000, reformó 78 preceptos.
Con Carlos Salinas de Gortari, 1 de diciembre de 1988 al 30 de noviembre de 1994, fueron 55 artículos los reformados.
Día de descanso obligatorio
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el 5 de febrero de cada año se considera como día de descanso obligatorio.
El primer día de descanso oficial cada año es el 1 de enero; sin embargo, en el 2023 cayó en domingo.
El 5 de febrero caerá también en domingo, por lo que el calendario escolar marca que habrá puente largo, ya que la fecha conmemorativa se recorre al lunes 6 de febrero y no habrá clases.
En tanto, los trabajadores podrán aprovechar el asueto para descansar u organizar un fin de semana largo en algún Pueblo Mágico, destino colonial o balneario.
Quienes laboren ese día deben saber que su pago es doble por ser de descanso obligatorio.