A partir de 2025, el estado de Puebla implementó una nueva regulación que prohíbe el uso de portaplacas que obstruyan la visibilidad de las placas de circulación. Aunque estos accesorios son comunes entre los automovilistas, su uso puede resultar en sanciones económicas si no cumplen con las normativas. ¿Qué portaplacas están prohibidas en Puebla y cuánto es la multa? A continuación, respondemos a esta inquietud.
Esta medida se encuentra establecida en el Artículo 30 del Reglamento de Tránsito del Estado de Puebla, que prohíbe el uso de cualquier objeto que oculte, vele o impida la lectura de las placas vehiculares.
La multa está basada en el salario mínimo en México para 2025, que es de 278.80 pesos diarios, según lo determinado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI). Así, la sanción de dos días de salario mínimo asciende a 557.60 pesos.
¿Cuándo aplica la multa por portaplacas ilegales?
La sanción aplica cuando el portaplacas impide la identificación correcta de la matrícula vehicular, especialmente en casos donde se promocionan modelos de portaplacas diseñados para evitar las fotomultas. Este tipo de accesorios afectan la visibilidad de los números y letras de la placa, lo que va en contra de las normativas de tránsito.
¿Qué modelos de portaplacas no son ilegales en Puebla?
En 2025, se permitirá el uso de portaplacas que no obstruyan la visibilidad de las matrículas. Estos portaplacas tienen el propósito de proteger las placas de los daños causados por el clima o como una forma de personalizar el vehículo, siempre y cuando no dificulten la lectura de la matrícula.
Es importante que los conductores se aseguren de utilizar modelos que cumplan con la reglamentación para evitar sanciones. El marco debe ser transparente y no debe interferir con la visibilidad de la placa para que no se incurra en infracciones.