Uno de los principales temores que enfrentan las mujeres en edad reproductiva es la posibilidad de ser despedidas si se embarazan, lo que podría afectar tanto su situación personal como familiar.

Sin embargo, aunque se registran casos de despido, es importante tener en cuenta que la establece que una trabajadora no puede ser despedida durante su periodo de gestación.

En consecuencia, despedir a una mujer embarazada, o forzarla a renunciar de manera directa o indirecta, se considera una forma de discriminación laboral por razones de género y es ilegal.

Lo que dice la LFT sobre el despido de mujeres gestantes

Los principales artículos de la LFT relacionados con este tema se encuentran en el Título Quinto, que aborda el Trabajo de las Mujeres:

  • Artículos 166 y 167: las personas gestantes o en lactancia no deben realizar actividades laborales que pongan en peligro su salud física o mental, o que sean insalubres.
  • Artículo 170: las mujeres embarazadas tienen derecho a regresar al mismo puesto de trabajo después de su parto.
  • Artículo 171: cualquier trabajador o trabajadora tiene derecho a los servicios de guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Artículo 133: ninguna mujer podrá ser despedida durante su embarazo.



Los patrones o empleadores que despidan a una mujer durante su embarazo o antes de que culmine su licencia por maternidad pueden enfrentar sanciones o multas por discriminación laboral.

La (Profedet) ofrece servicios legales gratuitos para llevar casos de discriminación laboral.

Además, una reforma de 2019 a la Ley Laboral estableció que, si el empleador termina la relación laboral con una trabajadora gestante por causas justificadas, está obligado a mantener su seguridad social por lo menos 6 meses después del nacimiento.

En esencia, el Artículo 123 de la Constitución establece los derechos que tienen las mujeres durante su periodo de procreación.

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