El Servicio Militar Nacional (SMN) es una obligación para todos los mexicanos mayores de edad, de acuerdo con el Artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero no todos lo realizan en tiempo y forma.

De ahí que exista la categoría de remisos, pero también la de anticipados. Incluso, en la actualidad, de manera voluntaria, las mujeres pueden participar y realizar su servicio militar.

Para realizar el servicio militar, primero hay que tramitar la cartilla y posteriormente inscribirse. En 2024, el periodo de registro para tramitar la cartilla militar está abierto entre el 2 de enero y el 15 de octubre del 2024.

Los jóvenes deben acudir a la junta municipal o alcaldía de reclutamiento correspondiente, o bien, acudir a la representación consular de México en el extranjero, si están fuera de nuestro país.

¿Hay sanción por no tramitar la cartilla militar y no realizar el servicio militar?

Pese a que el artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece como obligatorio el trámite de la cartilla militar, no se establece una sanción para aquellas personas que no la tramiten ni cumplan con el servicio militar.

Sin embargo, hay que considerar que, al ser considerada como una identificación oficial, en algunos casos es requerida para la realización de trámites oficiales e incluso es considerada como requisito por algunas empresas.

Por otra parte, es necesario tener en cuenta que si no se libera la cartilla militar a los 18 años, quienes lo requieran pueden inscribirse hasta los 38 años en las juntas municipales o en las oficinas consulares de México, en calidad de auxiliares de las autoridades de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

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