Cuando hieren o abaten a un delincuente, la ley los respalda.
Cuando de manera colateral hieren o le quitan la vida a un civil, los agentes están a la deriva.
De acuerdo con el Artículo 12 de la Ley Nacional del Uso Legítimo de la Fuerza, el policía obra en legítima defensa cuando repele una agresión real, actual o inminente y sin derecho en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad en la defensa, racionalidad y proporcionalidad en los medios empleados.
Sin embargo, el mandato no dice nada en caso de que las autoridades del orden público hieran o maten a terceras personas en cumplimiento de su deber.
En consecuencia, estarían siendo procesados de manera legal, como cualquier ciudadano.
En caso de que hieran a una persona, los agentes serían juzgados por el delito de lesiones u homicidio en grado de tentativa.
Sí matan a una persona, enfrentarían los cargos de homicidio calificado.
Aunque legalmente no existe un estatuto que los proteja, el Juez de Control podría determinar algo diferente legalmente hablando de acuerdo con cada caso.
Lo que es un hecho es que la Ley Nacional del Uso Legítimo de la Fuerza no los protege de manera natural.
Policías hieren de manera colateral a alumno durante balacera
El 13 de mayo del 2022 un alumno de la Escuela Euro Liceo resultó herido de manera colateral por policías municipales.
Ese día los agentes perseguían a unos sujetos que participaron en el asalto a una camioneta de valores, en el Circuito Juan Pablo II.
En el Bulevar Hermanos Serdán, a la altura del Bulevar San Felipe, los sujetos abrieron fuego en contra de los uniformados, quienes repelieron la agresión.
En consecuencia, una bala perdida hirió al alumno, quien fue llevado a un hospital, donde tras ser atendido fue dado de alta.
Tras el hecho, los agentes lograron capturar a tres de los presuntos delincuentes.
Sin embargo, no fueron acusados de causar la lesión al alumno, por lo que no fueron procesados legalmente.