La pensión garantizada es una de las modalidades que existen en el esquema del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), distinta a la de Edad Avanzada y Vejez.

Es una de las tres modalidades de definida como pensión mínima garantizada, y para acceder a ella se requiere un mínimo de

Sin embargo, todos los trabajadores que aspiren a ella deben cumplir con los requisitos establecidos, por lo que no puede considerarse de alcance general.

Entre ellos, la edad requerida y las 825 semanas que se deben tener cotizadas ante el IMSS.

Requisitos y procedimiento para acceder a la pensión garantizada

En general, los requisitos para la pensión garantizada del IMSS son:

  • Tener 60 o 65 años cumplidos.
  • Contar con el Expediente de Identificación de Trabajador actualizado, que se puede generar con la Afore.
  • Contar con saldo en la cuenta Afore, acreditado con estado de cuenta.
  • Identificación oficial.
  • Estado de cuenta bancario y la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
  • Resolución o Negativa de Pensión expedida por el IMSS.

La pensión garantizada se debe tramitar en la Subdelegación del IMSS, presentando la solicitud y esperando la resolución correspondiente.

El pago de la pensión inicia en la Afore. Cuando el solicitante recibe la resolución favorable del IMSS, debe acudir a su Afore para que se inicie el pago de la pensión.

En general, la pensión garantizada es un derecho de los trabajadores que han cumplido con la edad mínima (60 o 65 años) y cotizado un mínimo de 825 semanas al IMSS.

Este beneficio es otorgado por el Estado cuando los recursos en la Cuenta Afore del trabajador no son suficientes para acceder a otros esquemas de pensión, como la Renta Vitalicia o el Retiro Programado.

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