Estado

Por esta razón Amanda Gómez Nava no puede hablar del gobierno estatal

En junio de 2022 se emitió un acuerdo en el que se excusa a la titular de la ASE para hablar de la administración barbosista porque incurriría en conflicto de intereses o en un impedimento legal

Amanda Gómez asumió su cargo al frente de la ASE el 19 de mayo del 2022 y rindió protesta en el Congreso de Estado | Foto: Agencia Es Imagen para El Universal Puebla
01/09/2023 |11:50
Laura Ruiz
RedactorVer perfil

Debido a los señalamientos sobre irregularidades financieras ocurridas en la administración de Miguel Barbosa Huerta, algunos diputados de oposición han planteado que la actual auditora y ex titular de la Secretaría Función Pública, Amanda Gómez Nava, se pronuncie sobre el tema.

Sin embargo, desde su llegada a la Auditoría Superior del Estado (ASE), el organismo emitió un acuerdo en el que se le excusa de pronunciarse sobre ese periodo.

Amando Gómez Nava fue secretaria de la Función Pública del 29 de octubre del 2020 al 18 de mayo del 2022 y posteriormente, el 19 de mayo del 2022 fue electa titular de la Auditoría Superior del Estado en el Congreso de Puebla, por un periodo de siete años.



El "Acuerdo por el que la suscrita, se excusa de intervenir de cualquier forma la atención, tramitación o resolución de aquellos asuntos de los que tuvo conocimiento y/o participación en su momento con el carácter de titular de la Secretaría de la Función Pública del Estado de Puebla" fue publicado el 31 de mayo del 2022.

El texto, publicado en el Periódico Oficial del Estado, señala que cualquier asunto del periodo comprendido entre el 30 de noviembre del 2020 al 18 de mayo del 2022 cuando fue secretaria de la Función Pública, podrá ser abordado únicamente por el titular de la Auditoría Especial Forense adscrita al mismo ente fiscalizador.

Ello debido a que Amanda Gómez no puede pronunciarse al respecto debido a que, de lo contrario, podría incurrir en algún impedimento legal o de conflicto de intereses.

Refiere que el auditor forense deberá observar las disposiciones de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado, además de otros ordenamientos aplicables en el organismo.

El documento contempla que las atribuciones que se le dan al auditor forense quedan vigentes en tanto no se emita una revocación o no se concluyan los asuntos del periodo en el que ella fue funcionaria estatal.