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Permiso para circular en Puebla: quiénes no tienen derecho al Pase Turístico

Este trámite forma parte del programa de Modalidades a la Circulación en Puebla y tiene algunas restricciones que aquí te explicamos

Hay automovilistas que no podrán obtener el Pase Turístico en Puebla | Foto: Agencia Es Imagen para El Universal Puebla
15/01/2023 |13:59Angeles Bretón |
Angeles Bretón
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El 28 de noviembre de 2022, en el Periódico Oficial del Estado de Puebla se emitió el acuerdo por el que se expide el Programa de Modalidades a la Circulación para automotores que transiten en la zona metropolitana del valle de Puebla.

El programa fue diseñado por la Secretaría del Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del gobierno del estado, con el objetivo de contribuir a mejorar la calidad del aire en la ciudad de Puebla.

Como parte del programa, desde diciembre es obligatorio que los automóviles con placas foráneas cuenten con un Pase Turístico para poder transitar por las calles de Puebla sin ninguna restricción.

Pero hay exenciones y quienes no pueden tramitar el Pase Turístico son:

- Los automovilistas que cuenten con placas del estado de Puebla, ya que deben cumplir con el programa de verificación vehicular.

-Los autos que no tengan placas.

-Los automovilistas con placas de los estados que forman parte de la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CaMe) como Ciudad de México, Hidalgo, Morelos, Tlaxcala, Estado de México y Querétaro.

-Conductores de fuentes móviles o vehículos que cuenten y porten en lugar visible holograma “EXENTO”, “00” y “0”, obtenido como parte del proceso de verificación vehicular y en verificentro autorizado en el estado de Puebla, entidades pertenecientes a la CaMe y demás entidades federativas con las que la Secretaría de Medio Ambiente suscriba convenios de homologación de verificación vehicular.

- Vehículos que utilicen fuentes de energías no contaminantes o que no emitan contaminantes derivados de la combustión (eléctricos, híbridos, de energía solar).

-Ni para las motocicletas, ni cuando los vehículos automotores sean destinados a prestar servicios de emergencia, médicos, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil y servicios urbanos.

-Cuando los vehículos sean destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, siempre y cuando se encuentren prestando el servicio y cuenten con la autorización o permiso correspondiente otorgado por la Dirección de Gestión de Calidad del Aire.

-Cuando los vehículos sean destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica o se trate de autos destinados al servicio público federal de transporte de pasajeros y cuenten con la autorización o documento expedido por la autoridad competente.

Cabe recordar que el Pase Turístico es un trámite que no tiene costo y que puede solicitarse una vez cada seis meses.

Quienes no cuenten con su Pase Turístico al día se harán acreedores a pagar una infracción que va de los mil 924 a los 2 mil 886 pesos mexicanos.