Cifras oficiales revelan que este 2021 se ha registrado un incremento en el delito de Incumplimiento de Obligaciones de Asistencia Familiar en el estado de Puebla.
De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), de enero a marzo del 2021 se registraron 72 procesos penales por este motivo en la entidad.
Según la legislación en la materia, cuando un juez de lo familiar dicta una sentencia para el pago de pensión alimenticia y el padre la incumple, se convierte en un proceso penal. Desde el 4 de enero de 2012, ese hecho constituye un delito del fuero común a nivel nacional.
Las cifras del secretariado refieren que en enero del 2021 se tuvo un registro de 18 casos de incumplimiento de la obligación alimentaria en el estado de Puebla; 24, en febrero y 30, en marzo.
Angélica Mancera, integrante de la Red de Abogadas Feministas Puebla-Tlaxcala, dio a conocer que esa tendencia en ascenso en realidad ocurre desde el 2020 debido a que la pandemia y la consecuente crisis obligó a muchas mujeres a solicitar dicho apoyo económico para sus hijos.
En entrevista con El Universal Puebla, explicó que la pensión debe cubrir todo lo que una persona necesita para vivir: comida, zapatos, vestido, educación y entretenimiento, porque los niños tienen derecho a la recreación.
Sin embargo, reconoció que para evadir esta responsabilidad, los papás recurren a todo tipo de argumentos, desde el que asegura que desconocía que su pareja estaba embarazada, hasta aquél que deja de trabajar o cambia de empleo por uno de menor salario.
También hay quienes proponen pagar solo el 50 por ciento de la manutención de los hijos, pese a que la madre los cuida las 24 horas del día.
En otros casos, relató la experta, suelen decir que tienen más familia y que entonces no pueden hacerse cargo de ese pago e incluso, prefieren pagar pensión a los varones que a las hijas.
La especialista consideró que esta situación no sólo afecta a las madres, sino, sobre todo, a los hijos que enfrentan este tipo de violencia psicológica y económica por parte de su progenitor.
Las sanciones
“Durante el proceso legal, también hay antecedentes de que los patrones los encubren diciendo al juez que el papá demandado recibe el salario mínimo, para no tener que destinar a los hijos el dinero suficiente”, comentó.
Pero, en ese caso, informó Mancera, hay una sanción, ya que los dueños de las empresas que incurren en el delito de encubrimiento podrían ser acreedores al pago de una multa de 200 a 500 días de salario mínimo o, recibir una condena de tres meses a dos años de cárcel.
En el caso de los padres que incumplen con el pago de la pensión alimenticia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) impuso como castigo una multa de 200 a 500 días de salario mínimo o uno a cuatro años de prisión.
En ese caso, explicó la especialista, si el papá es privado de su libertad o desaparece a fin de evadir sus obligaciones, el juez busca a familiares del padre para que se hagan responsables de su descendencia y pueden ser abuelos, tíos, hermanos o medios hermanos mayores, “pero alguien tiene que hacerse cargo de la deuda alimentaria”.
De acuerdo con la ley, los padres deben hacerse responsables de la manutención de sus hijos hasta que cumplan la mayoría de edad, y en caso de que los hijos estén estudiando la universidad, deberán pagar la pensión hasta que el hijo se titule y obtenga su cédula profesional.
En el caso de las mujeres, ellas tienen derecho a una pensión hasta que consigan un trabajo que les permita valerse por sí mismas.
Mancera dijo que el deudor deja de cubrir pensión alimenticia hasta que la cónyuge se vuelve a casar o cuando los hijos contraen nupcias.