Decreto de apertura total para Puebla, anunció el gobernador Miguel Barbosa Huerta, quien ordenó la publicación del mismo en el Diario Oficial del Estado y su entrada en vigor a partir del jueves 14 de octubre de 2021.
En videoconferencia de esta mañana, el mandatario estatal dijo que Puebla necesita vivir con la apertura total, y para ello es necesario que todos sigan cuidándose pues si hubiera un retroceso se tomarían nuevas disposiciones.
“He estado hablando con personas de todos los sectores sociales, yo les ruego a que los alcaldes y alcaldesas que entran en funciones se vuelvan, junto con nosotros, un solo bloque de autoridad para poder garantizar que la apertura total puede ser viable como forma de vida”, dijo el gobernador.
Añadió que la reapertura es posible porque al terminar la aplicación de un millón 200 mil vacunas que la federación terminará de enviar a Puebla, el 80 por ciento de los poblanos mayores de 18 años habrán de estar protegidos por lo menos con una dosis.
También comentó que la prohibición de las actividades lleva a la corrupción, solapada por las autoridades municipales.
Por su parte, Ana Lucia Hill Mayoral, secretaria de Gobernación, detalló las disposiciones establecidas en el decreto que este día se publica en el Diario Oficial del Estado para el proceso de recuperación económica y de las actividades sociales de la comunidad.
1.- Se reanuda toda actividad económica, comercial, social, cultural y religiosa con aforo de cien por ciento y podrán operar hasta las 2:00 de la mañana.
2.- La industria en todas sus ramas podrá trabajar al cien por ciento de su plantilla laboral.
3.- Los establecimientos mercantiles que tienen como giro principal la venta y distribución de bebidas alcohólicas en botellas abiertas por copeo, como centros nocturnos, bares, botaneros o cantinas, podrán operar con aforo al cien por ciento, privilegiando el área abierta como terrazas y espacios al aire libre.
4.- Los eventos de concentración masiva como los religiosos, fiestas patronales, deportivos, culturales, espectáculos o conciertos, operarán con un aforo del cien por ciento conforme al horario establecido en el aviso de permiso de funcionamiento.
5.- El resto de los sectores y establecimientos podrán operar con el aforo, horario y disposiciones aplicables a su aviso o permiso de funcionamiento.
6.- Toda actividad deberá contar con un protocolo sanitario que mínimamente contemple medidas como: filtro sanitario, uso obligatorio de cubrebocas, la habilitación de sentidos de circulación de entrada y salida, promover la sana distancia y desinfectar constantemente las superficies y objetos con que las personas tengan contacto.
7.-Todas las actividades que excedan un aforo de 300 personas deberán contar con la validación de su protocolo sanitario por parte de Protección Civil del Estado, la cual se obtiene a través de un código QR en la página www.proteccioncivil.puebla.gob.mx.
Los organizadores de estos eventos serán los responsables de realizar pruebas del isopo, previo a la realización del evento y de manera aleatoria a por lo menos el 10 por ciento de sus asistentes.
Personal de Protección Civil del estado, en coordinación con la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud del estado y la Policía Estatal realizarán las supervisiones de vigilancia a efecto de comprobar el cumplimiento de estas medidas establecidas.
En caso de que durante las visitas de vigilancia se constante algún incumplimiento, la autoridad podrá ordenar la suspensión temporal o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda.