La aprobación de la, al igual que en otras entidades del país, no obliga a ninguna persona a utilizarla y no puede equipararse con la eutanasia.

Se trata de una determinación que toma una persona con una enfermedad terminal, o que anticipa esta situación, para expresar su voluntad de manera anticipada sobre los tratamientos y cuidados de salud que desea recibir. Esto puede hacerse mediante un acta o una Escritura de Voluntad Anticipada.

El objetivo es asegurar que los pacientes en situación terminal sean tratados como seres humanos vivos hasta el final de sus días, evitando sufrimientos innecesarios y defendiendo el derecho a una muerte digna.

En términos generales, se busca: respetar la voluntad del paciente; respetar su dignidad como persona; darle trato humano en todo momento; disminuir el sufrimiento; y garantizar una muerte natural en condiciones dignas.

La voluntad anticipada, según el Artículo 1 de la Ley de Voluntad Anticipada de la CDMX, es “la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona”.

En concreto, busca ofrecer acompañamiento al paciente sin intervención médica durante la última etapa de su vida. La voluntad anticipada regula la ortotanasia, es decir, la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden a una persona con una enfermedad incurable o en fase terminal.

La legislación mexicana no permite la eutanasia, entendida como un acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente.

Históricamente, la Ciudad de México fue la primera entidad en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada en enero de 2008, es decir, más de 16 años antes de su aprobación en el estado de Puebla.



Entre las entidades que cuentan con regulación en la materia se encuentran la Ciudad de México, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Colima, Oaxaca, Yucatán y Tlaxcala.

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