El Senado de la República aprobó en abril la Ley de Movilidad y Seguridad Vial que entró en vigor el pasado 18 de mayo.
El objetivo de esta nueva ley es reducir muertes y lesiones ocasionadas por accidentes viales por lo que se establecen nuevas normas que cada estado deberá ir adaptando a sus reglamentos locales.
Alcoholímetro nacional y examen obligatorio de manejo, entre las reglas de la nueva Ley de Movilidad
Además, busca establecer las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de:
- Seguridad vial
- Accesibilidad
- Eficiencia
- Sostenibilidad
- Calidad
- Inclusión e igualdad
La Ley de Movilidad y Seguridad Vial le da prioridad al uso de las vías de la siguiente manera:
- En primer lugar están los peatones, con un enfoque equitativo y diferenciado en razón de género, personas con discapacidad y movilidad limitada.
- Siguen las y los ciclistas y personas usuarias de vehículos no motorizados.
- Posteriormente los prestadores del servicio de transporte público.
- Finalmente, están las personas usuarias de servicios de transporte privado y vehículos motorizados particulares.
Puntos más importantes de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial
En cada una de las entidades federativas habrá controles de alcoholemia y se implementarán según lo determine cada estado.
- Pruebas de alcoholímetro y límites permitidos: En el caso de los motociclistas el límite debe ser 0.02 grados de alcohol en sangre. Para automovilistas el límite es de 0.05 grados. En transporte de pasajeros y de carga no se permitirá ninguna concentración de alcohol.
- Se realizará examen obligatorio teórico y práctico para poder tramitar la licencia de conducir. Los estados y la federación serán los encargados de construir un protocolo para las personas que deseen realizar la prueba.
- Los peatones tendrán preferencia y los vehículos de dos y cuatro ruedas, es decir, bicis, motos y autos, deben cederles el paso siempre.
- Queda prohibido el uso del celular o cualquier dispositivo al conducir, excepto si usas manos libres.
- En luz roja no hay vuelta continua y si no hay señal de paso, recuerda que deben pasar uno y uno.
- Cuando haya un ciclista debes dejar una distancia de metro y medio.
- En dos ruedas, el uso de casco es obligatorio. en cuatro ruedas, es indispensable usar cinturón de seguridad.
Ley de movilidad y seguridad vial establece límites de velocidad
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece nuevas reglas para los conductores de automóviles, comenzando por establecer los siguientes límites de velocidad:
- 30 kilómetros por hora en calles secundarias y calles terciarias.
- 50 kilómetros por hora en avenidas primarias sin acceso controlado.
- 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas de acceso controlado.
- 80 kilómetros por hora en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 km/h dentro de zonas urbanas.
- 110 kilómetros por hora para automóviles, 95 para autobuses y 80 para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
Esta nueva ley permitirá que México avance en el cumplimiento de los objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, como el de “promover la inclusión y reducir el número de muertes y lesiones causados por accidentes viales”, aseguró la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU).