Los bailes sonideros, que se realizan en la vía pública, están en la mira de las autoridades del municipio de Puebla.

Ya sea por carecer del permiso correspondiente o bien por rebasar el nivel de ruido permitido, pero en términos generales sus organizadores podrían ser objeto de sanciones.

Así lo señaló el director de Normatividad Ambiental, Manuel Joaquín Díaz García, al subrayar que el Ayuntamiento de Puebla no otorga permisos para ese tipo de eventos.

En cuanto a la sanción económica aplicable por exceder el nivel de ruido, recordó que el monto depende de factores como los decibeles, el tiempo y la reincidencia.

Por lo que puede llegar a las 20 mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs), lo que rebasaría los 2 millones de pesos.

Abundó que además de exceso de ruido, relacionado con bailes sonideros, la dependencia a su cargo también recibe quejas relacionadas con bares, antros, y salones sociales.

En torno a la responsabilidad, estableció que aún no queda definido si los bailes sonideros entran en la esfera municipal o la estatal.

Panorama para los sonideros en Puebla

Al menos desde hace un lustro, la realización de bailes sonideros en vía pública está prohibida en la ciudad de Puebla.

En términos generales, los sonideros no observan los términos establecidos en la Ley de Contaminación Auditiva.

Cabe mencionar que, los bailes sonideros se realizan en fiestas de las colonias, patronales, o como parte de eventos sociales de carácter familiar.

Las celebraciones que se llevan a cabo en salones o áreas específicas requieren de un permiso en el que, entre otros elementos, se define la cantidad de asistentes, así como las medidas de protección civil que deben cumplir.

Por ejemplo, en noviembre del año 2022, debido a que se excedió el número de asistentes permitidos, la Unidad de Normatividad del Ayuntamiento de Puebla sancionó al organizador del baile del Sonido Cóndor que se efectuó en la pista El Periférico.

La UMA en el año 2023, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) tiene un valor diario de 103.74 pesos, mensual de 3 mil 153.70 pesos, y anual de 37 mil 844.40 pesos.

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