La orden ejecutiva que firmó el presidente Donald Trump para que los cárteles de la droga sean catalogados como organizaciones terroristas extranjeras es generalizada, ya que no precisa cuáles serían esos grupos ni el alcance de la medida. Por lo tanto, es necesario plantear qué cárteles mexicanos serían considerados terroristas.
En todo caso, lo elemental es que la declaratoria deberá pasar por un proceso previo. De pronto surgen nombres como el Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), el Cártel de Sinaloa, La Familia Michoacana y el Cártel del Golfo, pero hay más, así como diferentes escisiones de los mismos. Por ejemplo, en Sinaloa se habla de La Chapiza y La Mayiza.
Lo que, en cierta forma, puede quedar claro a partir de los informes oficiales que en su momento han hecho públicos la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, aunque, al tratarse de un concepto general, todos los grupos o fracciones tendrían cabida en la clasificación de la administración Trump.
La orden ejecutiva
El presidente estadounidense, Donald Trump, firmó el lunes 20 de enero una orden ejecutiva para designar a los cárteles mexicanos del narcotráfico como “organizaciones terroristas extranjeras” (FTO, por sus siglas en inglés).
Se trata de una medida con la que busca enfrentar la amenaza que representan esas organizaciones para la seguridad nacional y, por supuesto, para los estadounidenses en general.
Los cárteles o grupos del crimen organizado
Entre los cárteles del narcotráfico que podrían ser incluidos se encuentran los siguientes:
- Cártel de Sinaloa.
- Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG).
- Cártel del Golfo.
- Los Zetas.
- Cártel del Noreste (considerado como una escisión de Los Zetas).
- Cártel de Juárez.
- Cártel de Tijuana.
- Cártel de los Beltrán Leyva.
- La Familia Michoacana.
- Cártel de Santa Rosa de Lima.