En Puebla, como en muchas ciudades, las multas de tránsito se cobran en Unidad de Medida y Actualización (UMA), por lo que cada año varía su costo, pero aquí te decimos cuál es la más cara.
Hay sanciones de un costo moderado y otras que resultan costosas, por lo que es necesario que todo conductor tenga pleno conocimiento de las sanciones que le pueden imponer.
La UMA cambia cada año según el INEGI. Actualmente una UMA equivale a $108.57 pesos y es la base para determinar el costo de muchos trámites vehiculares en Puebla y en todo el país.
Según el artículo 65 del Reglamento de la Ley de Vialidad para el Estado Libre y Soberano de Puebla, las infracciones más costosas, al sancionarse con multas de 40 a 70 UMAs son:
- Circular sin placas.
- Colocar las placas en lugar distinto al diseñado para ellas.
- Impedir la visibilidad de las placas con sustancias o cualquier material, remacharlas, soldarlas al vehículo o llevar distintivos u objetos.
- No coincidir las placas con el engomado y la tarjeta de circulación.
- No tener las placas la dimensión y características que especifique la Norma Oficial Mexicana respectiva.
- Cualquier acción que tenga por objeto alterar alguna de las características autorizadas de las placas.
- No portar licencia para conducir vigente y legible de 6 a 9 UMAs.
- No portar tarjeta de circulación. De 8 a 12 UMAs.
- Desobedecer las indicaciones de los policías de vialidad, la señalización vial y mecanismos utilizados para regular el tránsito, de 10 a 20 UMAs.
- No utilizar cinturón de seguridad, de 8 a 12 UMAs.
- No encender las luces de los vehículos durante la noche, de 4 a 8 UMAs.
- Dar vuelta en “U” en lugares con señal prohibitiva, de 6 a 10 UMAs.
- Utilizar teléfonos celulares u objetos que dificulten la conducción, de 20 a 30 UMAs.
- Conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, de 30 a 40 UMAs.
- Circular con placas y tarjeta de circulación que correspondan a otros vehículos, de 20 a 30 UMAs.
- Estacionarse en vías públicas identificadas con la señalización oficial prohibitiva, de 8 a 12 UMAs.
- Estacionarse frente a una entrada de vehículos, de 8 a 12 UMAs.
- Estacionarse sobre las banquetas, camellones, andadores, retornos, isletas u otras vías y espacios reservados a peatones, de 8 a 12 UMAs.