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¿En qué casos el gobierno puede expropiar una casa o terreno?

Una reciente modificación en las leyes de la CDMX respecto a la propiedad privada reavivó la polémica 

Hay varios motivos por los que un gobierno puede expropiar una propiedad privada | EsImagen
08/09/2024 |11:38
Laura Ruiz
RedactorVer perfil

En los últimos días, el tema de la expropiación de una casa o terreno ha sido polémica en el país por una modificación en las leyes de la Ciudad de México sobre la propiedad privada, pero ¿sabes en qué casos el gobierno puede realizar una expropiación a nivel nacional y en Puebla?

Este acto está previsto en la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y los estados homologan su contenido en sus propias constituciones y leyes.

Ley de expropiación 2024

Lo modificado recientemente en la CDMX fue el artículo 3 de su Constitución que ya hablaba sobre la expropiación, pero que se consideraba no tenía una redacción clara y homologada con la Constitución de México.

Según lo ha expuesto Martí Batres Guaderrama, el jefe de gobierno de la capital del país, esa reforma busca dar certeza a la propiedad privada, pues como estaba redactada abría la posibilidad de expropiar con fines particulares.

En contraste, críticos a la reforma especializados en el sector inmobiliario señalan que ocurre a días del cambio de gobierno en la CDMX y que se debe estar pendiente a cualquier reforma a la Constitución mexicana.

¿Cuáles son las causas de la expropiación?

El artículo con el que se homologa la capital es el 27  de la Carta Magna y habla de que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas en los límites del territorio nacional.

Detalla que corresponden a la nación y que se ha ejercido el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares para constituir la propiedad privada.

De inicio explica que la expropiación de una tierra sólo puede hacerse por causa de utilidad pública y mediante una indemnización.

Este artículo también reconoce que la nación tiene el derecho de imponer la propiedad privada las modalidades que sean de interés público, que hay una protección a los recursos naturales y de los mares, entre otros.



También es específica en cuanto al petróleo y los hidrocarburos sólidos líquidos o gaseosos en el subsuelo a los que la nación dará prioridad en una expropiación.

Por otro lado, se privilegian las zonas económicas exclusivas situadas frente al mar y se señalan reglas para que un mexicano pueda adquirir el dominio de tierras y aguas en el país.

Expropiación en Puebla

En el caso de Puebla existe desde 2008 la Ley de Expropiación para el Estado de Puebla que responde a la homologación con la  Constitución mexicana.

Su última modificación se realizó en el 2014 y se ha aplicado, por ejemplo, para algunas obras que han implicado expropiaciones en la zona metropolitana.

En la ley poblana se explica que la expropiación ocurre por motivos de utilidad pública, éstos son:

- La explotación, ampliación, modificación o conservación de un servicio público.

- La apertura, prolongación, ampliación, alineamiento o mejoramiento de vialidades.

- La construcción, ampliación, prolongación, mejoramiento de zócalos, jardines y plazas públicas.

- La conservación de los lugares de belleza panorámica.

- La creación, fomento o conservación de una empresa para beneficio social.

- La preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

- La prestación o administración del estado o municipio de un servicio público.

-  La explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales.

- La creación, establecimiento, conservación y mejoramiento de corredores industriales.

- La planeación y organización de las ciudades para  las obras que tengan como objeto el uso y disfrute de un beneficio común.

- La defensa, conservación, desarrollo y aprovechamiento de elementos naturales susceptibles a la explotación.

- La creación, ampliación y mejoramiento de servicios estatales.

- La justificación de necesidades colectivas para combatir epidemias, incendios o plagas.

-  La construcción o ampliación de unidades habitacionales de interés social.

- La conservación y mejoramiento que permitan cumplir con las leyes de desarrollo urbano.

- La creación de reservas territoriales.

-  El ordenamiento de asentamientos urbanos irregulares.

- La construcción de obras de infraestructura pública y de prestación de servicios derivada de concesiones o contratos.