Tras la detención de Marilyn Cote por la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) por usurpación de profesión, solo resta esperar a que concluya el proceso para saber cuántos años podría pasar en la cárcel.
Sin embargo, hay que considerar, como lo advirtió el fiscal general Gilberto Higuera Bernal, que la investigación aún no está concluida, ya que, al momento, hasta donde se sabe, hay al menos siete denuncias en contra de la falsa psiquiatra.
De ahí que, en principio, solo se puede hablar en torno a la pena máxima que podría recibir Marilyn Cote por la usurpación de profesión, pero aún falta que la autoridad ministerial analice si puede ejercer acción penal en su contra por otros eventuales delitos.
En la imaginaria, se puede hablar de varias posibilidades, como la falsificación de documentos, pero habrá que esperar a que la autoridad determine si Marilyn Cote solo será procesada por el delito de usurpación de profesión o si se agregarán otros cargos para estimar con seriedad el tiempo que podría permanecer recluida.
El Código Penal del Estado de Puebla establece que el delito de usurpación de profesión se contempla en el artículo 258.
Artículo 258 indica:
“Se impondrá de dos meses a dos años de prisión y multa de diez a cien Unidades de Medida y Actualización”.
“II. Al que, sin tener título legal, se atribuya el carácter de profesional y ejerza actos propios de la profesión”.
El Artículo 258 Bis señala:
“Se impondrá de uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a doscientas Unidades de Medida y Actualización, al responsable o encargado del establecimiento en que se presten servicios de atención a la salud mental o adicciones, sin contar con el aviso de funcionamiento respectivo, así como con el registro como institución especializada ante la Comisión Nacional contra las Adicciones”.