En el Periódico Oficial del Estado de Puebla, la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del Estado (Smadsot) publicó el acuerdo por el cual expide el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre de 2024.

En el documento se señala que la verificación vehicular es obligatoria para el primer semestre de 2024, es de observancia general, orden público e interés social en el territorio del estado de Puebla y tiene por objeto establecer las disposiciones, calendarios, tarifas y demás lineamientos en materia de Verificación Vehicular para regular los niveles de emisiones contaminantes provenientes de vehículos automotores matriculados en Puebla.

El Calendario Oficial para Verificar señala que esta obligación debe realizarse dos veces al año, conforme al último dígito de la placa de circulación del vehículo automotor.

De tal manera que los autos que terminen sus placas con los siguientes dígitos, deben verificar en los meses que se indica.

- Placas 5 y 6 deben verificar en enero-febrero

- Placas en 7 y 8, verifican febrero-marzo

- Placas 3 y 4, en marzo-abril

- Placas 1-2, en abril-mayo

- Placas 9-0, en mayo-junio

Quienes no realicen la verificación conforme al calendario oficial para verificar o los términos establecidos en el presente Programa, se harán acreedores a sanciones.

Para verificar, los propietarios o poseedores deberán realizar previamente la cita en la liga electrónica y asistir puntualmente a la misma.



Después de pagar al Centro de Verificación Vehicular la tarifa autorizada de 628 pesos, para el holograma doble cero 00, vehículos automotores a gasolina, diésel, gas LP o gas NC.

Verificación tipo cero 0, vehículos automotores a gasolina, diésel, Gas LP o Gas NC.

Verificación tipo 1, vehículos automotores a gasolina, diésel, Gas LP o Gas NC.

Verificación tipo 2, vehículos automotores a gasolina, diésel, Gas LP o Gas NC.

En el caso de detectar anomalías en la presentación del servicio de verificación, hacerlo de conocimiento a la dirección, comunicándose a los números telefónicos para quejas que se encuentran rotulados en los lugares en donde se presta el servicio de Verificación Vehicular.

También se señala que los Centros de Verificación no están obligados a prestar el servicio de fotocopiado, sin embargo, en caso de que algún propietario y/o poseedor solicite alguna copia fotostática al Centro de Verificación para realizar la Verificación Vehicular correspondiente, este cobrará como máximo un peso con 50 centavos por cada fotocopia solicitada.

Verificación Extemporánea

El acuerdo señala que en caso de que no hayan aprobado la verificación o que no se hayan presentado a verificar en el período correspondiente, deberán pagar una multa por verificación vehicular extemporánea, de acuerdo con los siguientes supuestos:

Cuando el propietario o poseedor del vehículo previa cita acuda a realizar la prueba de verificación vehicular, fuera de su periodo establecido, deberá de pagar una multa por 20 Unidades de Medida y Actualización vigente o la que determine en su momento la Secretaría de Medio Ambiente.

Tendrán 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la realización del pago de la misma, para pagar la multa, siendo este periodo el que se tiene para realizar y aprobar la verificación vehicular del automotor.

En caso de no aprobar su verificación en el segundo intento, se deberá pagar nuevamente la multa de verificación vehicular extemporánea.

El procedimiento para realizar la verificación vehicular de unidades con multa por verificación extemporánea es el siguiente:

- Imprimir la orden de cobro para el pago de la multa por verificación extemporánea, la cual se obtiene en el portal oficial de internet de la Secretaría de Planeación y Finanzas (SPF) o en cualquier oficina de dicha secretaría.

- Realizar el pago.

- Agendar cita para verificar, y presentarla en forma impresa.

- Presentarse el día y hora señalado en su cita.

- Presentar original del comprobante fiscal electrónico de pago, el cual se obtiene en el portal oficial de internet de la SPF, en caso de haber pagado en ventanilla bancaria, deberá presentar el Boucher original emitido por la institución bancaria.

- Presentar original y copia de la Tarjeta de Circulación.

- Presentar original y copia de la Identificación de la persona que acude a realizar la verificación.

Una vez realizada la verificación y en caso de aprobarla, se le entregará el certificado correspondiente, en caso de no aprobarla, deberá sujetarse a lo estipulado en el apartado denominado “Vehículos automotores no aprobados".

Google News