Cuando te toca, aunque te quites. Cuando no te toca, aunque te pongas.
Este dicho popular podría aplicarse para la ejecución de las órdenes de aprehensión.
Lo anterior debido a que estos mandatos los emiten las autoridades judiciales en contra de alguna persona que ha cometido un delito.
La orden de aprehensión se da cuando el implicado se encuentra prófugo de la justicia.
Este mandato es un arresto inmediato que se autoriza a las fuerzas del orden público.
Una vez que lo realizan llevan al implicado ante un Juez de Control.
Este personaje se encarga del procedimiento legal correspondiente basado en el Sistema Penal Acusatorio.
Las sanciones varían dependiendo del delito que cometió la persona.
En Puebla, van desde el ordenamiento de diversas medidas cautelares hasta la cárcel preventiva mientras se define la situación legal de la persona imputada.
¿Quién ejecuta las órdenes de aprehensión?
La Fiscalía General del Estado (FGE) es la responsable de ejecutar las órdenes de aprehensión, en Puebla.
El organismo cuenta con la Agencia Estatal de Investigación (AEI) que son los elementos encargados de hacerlas valer.
Estos agentes efectúan la búsqueda y la localización de las personas que han cometido un delito para aprehenderlas.
Audiencias de órdenes de aprehensión
El Juez de Control está obligado a llevar a cabo una primera audiencia tras la aprehensión de una persona relacionada con un delito.
En esta instancia se lleva a cabo:
⁃ La preparación de los documentos y la información precisa que requieran los juzgados para obtener una resolución rápida
⁃ La explicación de las autoridades ministeriales ante el Juez del por qué se dio pie a la orden de aprehensión.
⁃ La justificación con argumentos del delito por el que se acusa al imputado para que el Juez confirme o lo exonere del delito en cuestión.