La muerte ocurre en cualquier momento y suele afectar aún más a quienes viven en estado de vulnerabilidad, por lo que desde los gobiernos hay apoyos funerarios definidos para estos acontecimientos.
Desde el gobierno federal, por ejemplo, se cuenta con un servicio de apoyo de gastos funerarios a población en situación vulnerable.
Según el portal de esta administración, el trámite se gestiona a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SFDIF) y está previsto en la Ley de Asistencia Social.
El primer contacto para ser receptor de este apoyo es enviar un correo a atencionciudadana@dif.gob.mx con el nombre de la persona fallecida, nombre del solicitante, domicilio, teléfonos de contacto y descripción de los hechos.
El requisito básico es el certificado o acta de defunción y la solicitud la pueden hacer tanto familiares de la persona en vulnerabilidad, como áreas de trabajo social en hospitales, fiscalías de justicia, así como instituciones públicas y privadas de asistencia social.
El SFDIF también prevé un protocolo para las personas en situación de calle y en este caso, se pide una copia de la carpeta de investigación que dé testimonio de ello.
Asimismo, contemplan un estudio socioeconómico realizado por la institución hospitalaria, el certificado de defunción en el que conste el origen desconocido y que estas peticiones no se hagan a través de grupos o partidos políticos.
Los servicios que incluye este apoyo son el rescate del cuerpo de la persona fallecida, traslado al lugar de velación embalsamado, velación, inhumación y cremación.
Por otro lado, se descartan como beneficiarios a quienes cuenten con algún seguro financiero, algún programa de asistencia funeraria que duplique la solicitud del apoyo o que cuenten con otro servicio de gastos funerarios por parte de instituciones gubernamentales federales estatales o municipales.
Apoyos funerarios en Puebla
En el caso del gobierno del estado destacan dos apoyos relevantes, uno es el nulo costo de los trámites funerarios y el otro es el respaldo que se da a los familiares de migrantes.
De acuerdo con el micrositio de Ventanilla Digital, el registro del acta de defunción oportuno no tiene un costo, siempre y cuando se cumplan algunos requisitos básicos.
El esencial es un certificado médico de defunción con una vigencia máxima de 48 horas que se presenta ante el juzgado más cercano.
También se pide identificación oficial del finado, acta de matrimonio en el caso de haber estado casado, que declare sobre su defunción una persona mayor de edad que conozca sus datos personales, la presentación de dos testigos con identificación oficial y llenar un formato.
Mientras que en el caso de familiares de migrantes, el gobierno del estado prevé el apoyo para el traslado del poblano fallecido desde el extranjero a su municipio de origen.
Entre los requisitos está el comprobante de calidad del migrante fallecido, una identificación oficial del familiar solicitante, un comprobante de parentesco, comprobante de domicilio en el estado de Puebla y proporcionar información requerida para el traslado.
También el Sistema Estatal DIF brinda apoyos funerarios mediante la petición por escrito a la institución.