La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Fiscalía General de la República (FGR) por la retención excesiva de 27 migrantes en la estancia del Instituto Nacional de Migración (INM) en Puebla.

En concreto, por establecer que no podrían retornar a sus países de origen hasta que la autoridad ministerial no determinara lo correspondiente.

La CNDH estableció que “su actuación carece de la debida fundamentación y motivación, ya que dichas personas servidoras públicas no cuentan con la atribución para intervenir o resolver sobre la ampliación del periodo que personas migrantes deben permanecer en un recinto migratorio, pues es competencia únicamente del INM, lo que derivó en una retención ilegal de las víctimas”.


En el plano normativo, la Ley de Migración establece que el INM debe resolver sobre la situación de las personas extranjeras presentadas en un plazo no mayor a 15 días hábiles, y ningún apartado de esta ley prevé como causa de ampliación de plazo el que las personas tengan la calidad de víctimas o testigos de un delito.



La CNDH solicitó a la FGR que proceda a la inmediata reparación integral del daño de las 27 personas migrantes, la cual deberá incluir la medida de compensación, además de otorgarles la atención psicológica que requieran, y de colaborar en la denuncia administrativa que la CNDH presente ante el Órgano Interno de Control en la FGR contra las personas involucradas.


¿Qué pasó con los migrantes en Puebla?

La CNDH recabó quejas de 16 personas de distintas nacionalidades en el recurso 158/2023.

Las personas ya habían declarado en diversas carpetas de investigación radicadas por la Representante Social de la Federación, por lo que se encontraban a disposición de los agentes del Ministerio Público de la FGR, y pasaron varios días sin que se definiera su situación jurídica.

Sin embargo, ya habían pasado varios días sin que se resolviera su situación jurídica.

Por ello, en una visita a la estancia del INM, realizada el 7 de octubre de 2022, una persona presentó una queja en la que mencionaba que encontró grupos de personas en situación jurídica similar, entre ellas tres menores de edad de nacionalidad hondureña.

Por su parte, la CNDH acreditó que Agentes del Ministerio Público Federal ordenaron que 24 personas migrantes de distintas nacionalidades no podrían ser retornadas a su país de origen, hasta en tanto esta autoridad ministerial determinara lo procedente.

Asimismo, se detectó que el 22 de septiembre de 2022, un servidor público solicitó al INM que tres migrantes adolescentes fueran trasladados el día 23 de septiembre de 2023 al Centro de Justicia Penal, para el desahogo de una prueba anticipada.

Y el 13 de octubre de ese año, autorizó que fueran repatriadas, para lo cual no tiene atribuciones. Adicionalmente, al ser adolescentes no tenían el carácter de imputados, “con esta acción se violentó el principio de interés superior de la niñez”.

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