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Así se sancionan las terapias de conversión en Puebla y ocho estados

En algunos casos, además de la prisión y las sanciones económicas, se imponen horas de trabajo comunitario

Foto: Agencia Es Imagen para El Universal Puebla
05/06/2022 |10:42Laura Ruiz |
Laura Ruiz
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La tendencia en México inició en julio de 2020 cuando la Ciudad de México fue la pionera y a ella le siguieron en orden de aprobación, el Estado de México, Baja California Sur, Zacatecas, Yucatán, Colima, Jalisco y Baja California Norte.

Las organizaciones contra las terapias de conversión, conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), han reconocido que avanzar en nueve de 32 entidades es un logro contra estas prácticas violatorias de los Derechos Humanos.

Sin embargo, en estos estados las sanciones son diferentes y van desde sólo una multa y trabajo comunitario hasta años de prisión.

El estado que tiene una sanción menor es Jalisco, pues sólo establece multas de hasta 300 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA).

El valor de la UMA en el 2022 es de 96.22 pesos diarios.

Los estados de Puebla y Yucatán coinciden hasta con tres años de prisión y 200 veces la UMA; mientras que en Baja California Norte y en Baja California Sur, las sanciones son más altas, de hasta seis años de prisión y 2 mil veces la UMA.

En los casos de Colima y la Ciudad de México coinciden con hasta cinco años de prisión y 100 horas de servicio comunitario.

Mientras que los estados más completos por prever tres tipos de sanciones son Zacatecas con hasta tres años de prisión, 200 veces la UMA y 300 horas de trabajo comunitario; así como el Estado de México con cinco años de prisión, 200 veces la UMA y 300 horas de trabajo comunitario.