La Cédula Única de Registro de Población (CURP) deberá estar certificada por el Registro Civil de acuerdo con el decreto publicado por la Secretaría de Gobernación en el Diario Oficial de la Federación.
El decreto fue publicado el 18 de octubre y con él se determina que la CURP deberá corresponder a un acta de nacimiento en los archivos del Registro Civil.
Con este cambio, el comprobante traerá la leyenda "CURP Certificada: Verificada con el Registro Civil".
Este cambio no implica que deba realizarse trámite alguno por parte de los ciudadanos.
Con el decreto también se señala que de manera progresiva y programática se incluirá la fotografía del titular de la CURP conforme a la determinación de la Dirección General de Registro Nacional de Población e Identidad.
Otro cambio incluye la integración de la leyenda que señala Gobierno Inclusivo, que podrá ser solicitada por personas con discapacidad.
Con estas modificaciones, la CURP mostrará la clave, nombre completo, entidad de registro, un código de barras y un código QR para dispositivos móviles.
También se otorgará una CURP temporal a las personas mexicanas que sean repatriadas al país y que no cuenten con un acta de nacimiento, que contendrá una fotografía del solicitante y tendrá validez de un año.
Además habrá una CURP para personas extranjereas que se enceuntren en México y que hayan iniciado sus trámites mifratorios para permanecer en México.
Cómo se obtiene la CURP certificada
Para obtener la CURP certificada es necesario ingresar a gob.mx/curp/, donde se solicita ingrersar la clave del CURP, o bien se puede buscar con nombre, fecha, lugar de nacimiento, sexo y nacionalidad.
El sistema prsenta los datos y la opción de Descargar para obtener el archivo digital.
Se puede verificar que la CURP esté certificada si contiene la leyenda "Verificada con el Registro Civil" en la parte inferior derecha.