Si eres una persona física debes saber que tienes del 1 al 30 de abril para presentar tu Declaración Anual 2023, informó la delegación en Puebla del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En conferencia de prensa, los administradores explicaron que las personas físicas que deben de cumplir con esta obligación son todas aquellas que obtuvieron ingresos durante el 2023 por:

Sueldos y salarios

  • De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
  • Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.


Servicios profesionales

  • Actividades empresariales (incluye plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal) con coeficiente de utilidad
  • Arrendamiento de bienes inmuebles
  • Enajenación o adquisición de bienes
  • Intereses o dividendos. Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).


¿Qué requisitos se deben de cumplir para la declaración?

De acuerdo con los administradores del SAT en Puebla, es necesario contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la contraseña y la firma electrónica autorizada.

Debes utilizar los formatos para el pago de contribuciones federales; mismos que se generan al momento de presentar la declaración. En caso de no pagar a tiempo las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno. La última parcialidad deberá cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo en su caso, los recargos señalados anteriormente.

Para el cumplimiento de esta obligación fiscal, el SAT pone a disposición de los contribuyentes herramientas de apoyo como:

  • Visor de nómina para el trabajador para verificar que los comprobantes estén correctos.
  • Visor de comprobantes de nómina para el patrón, se pueden consultar los pagos realizados a los trabajadores de forma acumulada, así como para verificar la información de forma individual.
  • Visor de deducciones personales, permite revisar facturas de conceptos clasificados como deducciones personales para la Declaración Anual.
  • Visor de facturas emitidas y recibidas para el pago mensual, provisional y definitivo del Régimen Simplificado de Confianza para consultar el importe total acumulado de las facturas emitidas y recibidas por mes, el cual se utiliza para prellenar la declaración anual.



Contribuyentes pueden pagar deuda en parcialidades

El SAT también dio a conocer que para aquellos contribuyentes que al presentar su declaración anual se les determine impuesto a pagar, tienen la opción de hacerlo hasta en seis parcialidades.

Esta medida será efectiva siempre y cuando el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo del 1 al 30 de abril y el pago de la primera parcialidad se haga dentro de dicho periodo.

Además, se debe tomar en cuenta lo siguiente:

  • Las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
  • Se deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la
  • declaración.
  • Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “Impresión de acuse”.
  • Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas.
  • En caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
  • La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, en su caso, los recargos señalados anteriormente.

Para más información, el SAT pone a disposición los números telefónicos MarcaSAT 55 627 22 728, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas. También por vía chat: , o acudir a la oficina virtual para agenda tu cita y recibir atención personal en las oficinas del SAT.

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