Economía y Negocios

¿Los bancos abrirán el 6 de febrero de 2023?

La Asociación de Bancos de México estableció un calendario de días feriados, checa las fechas

Durante los días feriados oficiales, las instituciones bancarías deberán cerrar sus puertas | Foto: Agencia Es Imagen para El Universal Puebla
30/01/2023 |13:59Alejandro Villegas |
Alejandro Villegas
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La celebración de días feriados y puentes largos viene acompañada de una serie de medidas adicionales, entre ellas la operación de sucursales bancarias.

En el portal electrónico de la Asociación de Bancos de México (ABM) se puede consultar el calendario oficial establecido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre del año 2022.

En el calendario se establece que los días en que las instituciones bancarias deberán cerrar sus puertas y suspender operaciones durante 2023 son: el 1 de enero y el primer lunes de febrero, en conmemoración del Día de la Constitución Mexicana.

Así como el tercer lunes de marzo, por el Natalicio de Benito Juárez; los días 6 y 7 de abril; el 1 de mayo; el 16 de septiembre; el 2 de noviembre; el tercer lunes de noviembre, por la Revolución Mexicana; y los días 12 y 25 de diciembre.

Además, en general los días sábado y domingo.

En consecuencia, el próximo lunes 6 de febrero no operarán las sucursales bancarias y solo estarán en operación los cajeros automáticos.

¿Qué otras instituciones no abrirán sus puertas?

Aunque en términos generales se piensa en las sucursales bancarias, el decreto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que da cuenta que en el calendario oficial de la CNBV, se contempla a:

Las instituciones de crédito, casas de bolsa, bolsas de valores, instituciones para el depósito de valores, instituciones calificadoras de valores, contrapartes centrales de valores, bolsas de contratos de derivados, cámaras de compensación de instrumentos derivados y sus socios liquidadores, fondos de inversión y sociedades operadoras de fondos de inversión.

Así como a sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión, sociedades valuadoras de acciones de fondos de inversión, sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, organismos de integración financiera rural, uniones de crédito, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, y sociedades de información crediticia e instituciones de tecnología financiera.