Durante años se han documentado casos de restaurantes en los que se establece la obligación de dejar una propina e incluso se incluye en el cobro. Lo que, en el fondo, ha llevado a que la se pronuncie en varias ocasiones sobre la legalidad de esa práctica.

Lo que prevalece es la existencia de una aparente pugna entre meseros, en particular, y el personal de un restaurante en general, sobre el monto de propina que, según ellos, el cliente está obligado a cubrir.

Una acción que, para muchos de ellos, representa el ingreso real que perciben por su trabajo, dado que en algunos restaurantes su trabajo es meritorio. Además, existe la costumbre en algunos locales de acumular las propinas que se reciben a lo largo del día para distribuirlas entre el personal del restaurante, lo que incluye, por supuesto, a chefs, cocineros, galopinas, recepcionistas, cajeros y el capitán de meseros.

De manera general, los establecimientos solicitan entre el 10 y el 16 por ciento de propina sobre el monto de la cuenta a pagar, ante lo cual no pocos clientes señalan que no es obligatorio y que la cantidad a dejar como propina es determinada por ellos mismos.

Qué dice la normatividad sobre el pago de propinas

Ante este panorama, la Profeco señala que el artículo 10 de la establece que los recintos no tienen que condicionar la propina para las personas que acudan a esos lugares.

“Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios”, es decir, que la propina es voluntaria y no pueden incluirla en la cuenta ni obligar a los consumidores a pagarla.

Consecuentemente, no se puede incluir en la cuenta de los productos solicitados y no se debe obligar a los consumidores a pagarla.

La Profeco concluye que “la propina es una gratificación voluntaria, generalmente económica, por un servicio recibido, principalmente en actividades que implican una atención directa a las personas consumidoras, como en restaurantes, bares, servicios turísticos y hoteles”.

En caso de que algún establecimiento realice un cargo extra sin autorización, incurriría en una práctica comercial abusiva que puede ser denunciada y sancionada.

Las denuncias se pueden realizar al teléfono del Consumidor 55 5568 8722, al 800 468 8722, o mediante el correo electrónico denunciasprofeco@profeco.gob.mx.

Google News

TEMAS RELACIONADOS