El pago del aguinaldo es uno de los momentos más esperados por los trabajadores. En principio, hay que tener claro que la Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre. Por lo que respecta al monto, indica que debe representar 15 días de salario.

Además, se contempla la posibilidad de un pago parcial de aguinaldo para quienes hayan dado por terminada la relación laboral a lo largo del año, aunque normalmente esa obligación se cubre en el caso de quienes reciben un finiquito.

Por otro lado, para aquellos que aún no cumplan un año de relación laboral, también se contempla la posibilidad de un pago parcial, conforme al tiempo laborado.

Asimismo, si las partes (empleado-empleador) así lo acuerdan, el aguinaldo se puede cubrir en dos pagos. En ese caso, la primera parte se paga antes del 20 de diciembre, como lo establece la ley, y la segunda en el mes de enero.



Para los trabajadores en el sector privado, el aguinaldo equivale a 15 días de salario, mínimo, si trabajaron el año completo. Si no tienen el año completo, se debe calcular proporcional al tiempo que la persona lleva trabajando en la empresa. Los empleados en organizaciones gubernamentales reciben, al menos, 40 días por un año de servicio.

Otra variable es la percepción de un salario fijo o uno variable. Para quienes tienen un salario fijo, se basa en los días trabajados. El monto del salario mensual se divide en 30 días para conocer el monto diario, y se multiplica por 15 días para obtener el monto del aguinaldo.

Para el salario variable, se debe considerar el ingreso promedio diario de los últimos 30 días trabajados. En el caso de quienes tienen menos de un año en la relación laboral, se paga un aguinaldo proporcional. Para calcularlo, el salario mensual se divide entre 30, y el resultado se multiplica por 15; luego, el monto se divide entre los 365 días del año, y ese resultado se multiplica por el total de días laborados.

El incumplimiento con el pago del aguinaldo, en tiempo y forma, se sanciona conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, con una multa que va de 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAs) a 500 UMAs.

Google News