La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) de una empresa, generalmente conocida como pago de utilidades, es un derecho que se contempla en la Ley Federal del Trabajo.
Y se realiza cada año, en principio, de manera voluntaria por parte de las empresas privadas.
En el caso de 2023, las empresas deben cubrir ese reparto a partir del primero de abril y hasta el 30 de mayo.
Lo que debe tener claro el empleado es que se trata del reparto correspondiente al ejercicio fiscal anterior, en este caso se entregan las utilidades correspondientes al año 2022.
¿Quiénes tienen derecho a las utilidades?
La ley establece que tienen derecho al reparto de utilidades todos los trabajadores que prestaron sus servicios a una empresa por lo menos 60 días, durante el ejercicio correspondiente.
Pero se requiere que la empresa haya obtenido ganancias que rebasen los 300 mil pesos, de acuerdo con su declaración fiscal y que tengan más de un año en funcionamiento.
El derecho corresponde incluso a los trabajadores que se separaron de la empresa, pero que cumplen con el requisito de tiempo laborado.
Por supuesto, siempre y cuando el pago de las PTU no se haya incluido en el finiquito que debieron recibir al dar por terminada su relación contractual, con su empleador.
En general, el pago de utilidades está normado en el artículo 130 de la Ley Federal del Trabajo.
Causan impuestos el reparto de utilidades
El reparto de utilidades causa impuesto exclusivamente sobre la cantidad que exceda del equivalente a 15 días de salario mínimo.
¿Qué hacer si no se recibe el pago de utilidades?
Si no se recibe el pago de utilidades o bien el trabajador no está conforme con lo entregado por la empresa, cuenta con un plazo de hasta un año para realizar el reclamo correspondiente.
La instancia a la que se puede acudir es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
La Profedet pone a disposición del público sus servicios de orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, a través de correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx, o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país, de igual forma, síguelos en las redes sociales Twitter y Facebook.
En Puebla opera la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ubicada en calle 20 Sur número 1828, colonia Azcarate, con teléfono 22 23 83 83 89.