El ingreso a un empleo formal conlleva el acceso a elementales contempladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que es fundamental que todo trabajador las conozca.

La defensa de los derechos laborales es esencial, pero para ello es necesario tener pleno conocimiento de estos, así como de las vías disponibles para respaldar a los empleados. Además, es importante que, junto con los derechos, los trabajadores también conozcan sus obligaciones.

Estas son las prestaciones elementales que todo empleador debe otorgar

Los patrones o empleadores tienen la obligación, de acuerdo con lo establecido en la LFT, de otorgar a sus trabajadores las siguientes prestaciones básicas, además de la inscripción al IMSS e Infonavit.

Cabe destacar que estas prestaciones mínimas no excluyen la posibilidad de que los contratos ley, contratos colectivos de trabajo, contratos individuales, reglamentos, condiciones generales o manuales de prestaciones contemplen más beneficios.

Las prestaciones básicas son:

  • Aguinaldo, que debe ser pagado en el mes de diciembre. 
  • Vacaciones y prima vacacional. 
  • Prima dominical. 
  • Días de descanso, tanto semanales como obligatorios. 
  • Licencia de maternidad o paternidad. 
  • Licencia por adopción. 
  • Periodo de lactancia. 
  • Pago de prima de antigüedad. 
  • Pago de prestaciones derivadas de la renuncia. 
  • Pago de prestaciones generadas por despido injustificado. 
  • Participación en las utilidades. 

¿Ante qué instancia puede acudir un trabajador para hacer valer sus derechos?

Los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo () para recibir asesoría o presentar una denuncia.

No obstante, lo más importante siempre será que los empleados tengan un conocimiento adecuado de sus derechos. De este modo, podrán saber qué acciones tomar y en qué momento recurrir a la Profedet para hacer valer sus derechos laborales.

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