Será a partir del próximo 1 de abril, cuando las personas físicas tendrán que presentar su Declaración Anual 2022.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), realizó mejoras e innovaciones para que este año, el trámite sea más ágil.
El SAT pone a los contribuyentes las herramientas necesarias para que realicen su declaración de impuestos a través de alguna de estas opciones:
Para poder acceder a este micrositio, los contribuyentes lo deben hacer con su contraseña y en caso de que haya un saldo a favor, mayor a los 150 mil pesos o se quiere modificar la cuenta CLABE, se debe enviar con la firma electrónica o e-firma.
Las personas obligadas a presentar su Declaración de Impuestos, son:
La contraseña del SAT está compuesta por 8 caracteres, puede ser diferente a la e-firma y sirve como un mecanismo de acceso a los servicios electrónicos del Servicio de Administración Tributaria vinculados con tu RFC.
En caso de que no recuerdes tu contraseña, se puede recuperar de esta manera:
Las personas físicas pueden generar una nueva contraseña aún y cuando no tengan e-firma.
Mientras que las personas morales sí requieren la e-firma, para tener una nueva contraseña.
Para generar una nueva contraseña debes acceder al sitio del SAT, ir a trámites, servicios, contraseña y generación y actualización de personas físicas o generación de personas morales (dependiendo de tu régimen fiscal).
Quienes no cuenten con e-firma pueden ingresar la contraseña de clave privada, y buscar los archivos .key y .cer que tal vez guardaste en tu computadora o una USB.
Una vez realizados los pasos anteriores, debes ingresar tu RFC y la nueva contraseña que elijas que también debe contener 8 caracteres.
Se recomienda que la contraseña contenga letras y números para que su nivel de seguridad sea mayor.
La fecha para poder realizar tu Declaración Anual varía si eres persona física o moral.
Las personas morales deben realizar la declaración de impuestos del 1 al 31 de marzo, mientras que las personas físicas, tienen del 1 al 30 de abril, para hacerla.
Debes tomar en cuenta que, podrás deducir hasta el 15 por ciento de los ingresos o el equivalente a 5 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual, es decir, unos 175 mil pesos.