El aguinaldo es una prestación que se encuentra contemplada en la Ley Federal del Trabajo.
Esta prestación se trata de una cantidad de dinero pagada por las empresas a los empleados; el aguinaldo se paga lo mismo a trabajadores del sector público o privado.
Se trata de un derecho laboral irrenunciable, independiente de las demás prestaciones legales.
En México, el aguinaldo para los trabajadores en el sector privado es de mínimo 15 días de salario. En el caso de los burócratas o empleados del sector público, como maestros o integrantes del Ejército Mexicano y Fuerzas Armadas, el aguinaldo es de 40 días.
La ley señala que los empleados que por cualquier motivo no trabajen el año completo, tienen derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo efectivamente trabajado.
Si eres empleado del sector privado, el aguinaldo 2021 se deberá pagarse antes del 20 de diciembre.
Asimismo, los trabajadores que terminen sus relación con la empresa antes de la fecha límite de pago, recibirán la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo que hayan trabajado en el año calendario.
Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste. Ley Federal del Trabajo
La parte proporcional del aguinaldo se calcula pidiendo la cantidad de días del monto previsto anual entre los 365 días del año. Después, se multiplica el resultado por el número de días que trabajaste en el año, incluyendo los de descansos semanales y festivos.
Paso a paso te explicamos cómo hacerlo:
Otra fórmula para calcular tu aguinaldo proporcional:
De acuerdo con el Artículo 87 de la ley Federal del Trabajo, los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.