El aguinaldo es un beneficio laboral que muchos trabajadores esperan con ansias al final del año, sin embargo, aún existen muchas dudas respecto a esta prestación, es por eso que en esta nota te ayudamos a resolverlas.
El aguinaldo es una prestación obligatoria, escrita en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) desde 1970.
Esta ley establece que todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho a esta prestación y no necesitan haber trabajado el año completo, ni estar laborando en la fecha de su pago, es decir, todos tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo, de acuerdo con tiempo que laboraron en el año.
El artículo 87 de la LFT establece que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.
Los trabajadores, que sean de base o confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros. Esta prestación aplica también para los vendedores que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
Por ley, tu aguinaldo debe ser el equivalente a tu pago de mínimo 15 días, aunque existen empresas y jefes que se ponen espléndidos y dan más días, en el caso de que hayas laborado todo el año con ellos, de lo contrario será proporcional al tiempo que lleves trabajando.
Lo primero que debes hacer es saber cuánto percibes al día; este dato lo consigues al dividir tu salario neto mensual entre 30. En el caso de que lleves laborando el año completo, tu aguinaldo deberá ser de 15 días de tu sueldo neto.
Por ejemplo: Si tu sueldo neto mensual es de 10 mil, tu aguinaldo a 15 días es de 4 mil 995.
Sí, por el contrario, llevas menos del año en la empresa, la cantidad que te den deberá ser proporcional al tiempo que llevas trabajando.
La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. Si se incumple, se contemplan sanciones de 50 a 500 UMA.
Además, el trabajador tendrá un año, para reclamar el pago del aguinaldo ante las instancias jurisdiccionales competentes.