El predial es una contribución municipal que se debe cubrir anualmente, primordialmente antes de que inicie el año siguiente para acceder a descuentos, pero también se puede realizar en cualquier mes.
En el caso del Ayuntamiento de Puebla, el procedimiento para consultar el monto o pagar es el siguiente:
Si se quiere hacer de manera presencial, solo hay que acudir a alguna de las sedes recaudadoras, proporcionar el número de cuenta predial, para obtener la boleta y en su caso, llevar a cabo el pago correspondiente en las cajas, ya sea en efectivo o mediante tarjeta bancaria.
La ubicación de los módulos de cobro se puede consultar en: https://www.pueblacapital.gob.mx/tramites-y-servicios/horario-de-atencion-en-modulo-de-cobro.
Si la opción es utilizar una plataforma digital, hay que ingresar al portal del municipio de Puebla: https://www.pueblacapital.gob.mx/predial.
En donde se cuenta con dos opciones para efectuar el pago en línea o bien consultar los horarios de cobro.
Al ingresar a la opción de pago en línea se deben proporcionar los datos requeridos.
El pago se puede realizar mediante las siguientes opciones:
- Cheque electrónico para clientes Bancomer
- Tarjetas de crédito, Visa o Mastercard, pago único (en una sola exhibición)
- Tarjeta de crédito Visa o Mastercard a 6 meses sin intereses, bancos participantes (Banorte, Scotiabank, HSBC, Citibanamex, BBVA y Santander)
- Tarjeta de débito, Visa o Mastercard.
Exención sobre pago del impuesto predial
Un elemento importante a considerar es que las personas viudas, adultas mayores, con discapacidad, pensionados o afiliados al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam), así como madres solteras, previo dictamen de la Dirección de Catastro, pueden acceder a una exención del 50 por ciento sobre pago del impuesto predial y servicio de limpia.
Para ello deben presentar solicitud por escrito, acreditar su condición con documentos que lo avalen, estar al corriente en sus pagos de predial y limpia de años anteriores, ser propietario de un solo inmueble, habitar el inmueble objeto de la exención solicitada y presentar CURP.
Sin embargo, aplican restricciones de Ley para otorgar la exención.