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Parquímetros en la ciudad de Puebla operarán con normalidad: Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Puebla esperará la notificación oficial sobre la resolución de la Suprema Corte

El Ayuntamiento de Puebla precisó que la resolución de la SCJN no implica que el sistema de parquímetros sea inconstitucional | Foto: Agencia Es imagen para El Universal Puebla
12/09/2023 |09:29
Alejandro Villegas
RedactorVer perfil

Los parquímetros funcionarán de manera normal en la ciudad de Puebla, así lo expresó el gerente de la ciudad, Adán Domínguez, al fijar postura ante la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Agregó que en el Ayuntamiento de Puebla estarán a la espera de un comunicado oficial que les haga llegar, en su caso, la SCJN, para tomar decisiones.

“En ese sentido, seremos respetuosos y somos respetuosos de las decisiones de este órgano”, expresó.

Precisó que por lo pronto el sistema de parquímetros seguirá funcionando de manera normal.

Comentó que lo que señala como inconstitucional es un artículo de la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla, que se aprobó por parte del Congreso del Estado.



Al respecto, precisó que se buscará la forma de subsanar ese aspecto, junto con el Congreso local.

Previamente, mediante un comunicado, el Ayuntamiento de Puebla precisó que la resolución de la SCJN no implica que el sistema de parquímetros sea inconstitucional.

Refirió que lo que apunta dicha resolución, como inconstitucional, son los lineamientos referentes a las tarifas, por lo que esa observación será subsanada en su momento, a fin de seguir brindando orden a la vía pública.


La resolución de la Suprema Corte

El lunes 11 de septiembre de 2023, el Pleno de la SCJN, como resultado de las impugnaciones formuladas por la Comisión de Derechos Humanos (CDH) del Estado de Puebla, invalidó el artículo 57, fracción XI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2023, donde se establecía el cobro de un derecho por la ocupación de espacios para estacionamiento de vehículos, realizado mediante dispositivos digitales (parquímetros).

Destacó que en el artículo impugnado no se especificaba la temporalidad a la que correspondían las cuotas, lo que implicaba que no existía la base del derecho sobre la cual se determinaría la tarifa a pagar.

Y exhortó al Congreso de Puebla para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad.